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Participaciones del usuario Cedro

Cedro 11/11/25 21:27
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En teoría el dinero y los inmuebles heredados son bienes privativos y sus rendimientos se consideran diferente por parte del SEPE y de la AEAT:SEPE: Los rendimientos (intereses, alquileres...) se distribuyen entre los cónyuges si están en gananciales.AEAT: Los rendimientos los declara el propietario, no se distribuyen. (Me imagino que si los divides y no es mucha cantidad la AEAT no haga nada).Si no hay rendimiento  explícito (dinero) o alquileres (inmueble) se considera el rendimiento presunto, y al no considerarse explotación del bien se valora la renta presunta, la cual se imputa exclusivamente a su propietario (la persona que ha heredado).
Cedro 07/11/25 18:13
Ha respondido al tema Subsidio+52 y renta por alquiler de vivienda
Igualmente habrá que considerar que SI ESTÁ CASADO, al ser renta procedente de la explotación de un bien  se considera ganancial y habría que imputar el 50%.Si no está casado pues lo dicho por los compañeros.
Cedro 06/10/25 11:29
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Yo llevo presentadas varias solicitudes de subsidio y siempre la presento con los datos correspondientes a mis rentas. La solicitud la hago yo no el Sepe. La firmo yo no el Sepe. Se lo explico todo en un escrito, donde expongo los intereses mensuales y los repercutidos por un deposito, así como el interés presunto de las acciones y fondos, y me llevo el recibí. No tiene sentido decir como no me lo han preguntado no se lo he dicho.Los intereses de depósitos son pagos periódicos a distribuir entre los meses contratados, y en ningún caso se considera pago único.En este sentido, yo interpreto que si el deposito esta en vigor el mes de presentación y los siguientes hay que tenerlo en cuenta para no pedir el subsidio o pedir la suspensión si es necesario.En todo momento sabe si cumple o no cumple, porque eso en el mes de solicitud no depende de si va cancelar en el futuro el deposito o no. Ya que si no cumple tendrá que cancelarlo en ese momento para cumplir, o mantenerlo y no solicitarlo o pedir la suspensión. O solicitarlo y cuando vaya a cumplir cancelarlo, si interesa más el subsidio que el deposito.Es el mismo caso que un arrendamiento, se cobre o no se cobre hay que computarlo mensualmente. Si no pagan, al año se puede considerar incobrable, pero en su momento es ingreso a todos lo efectos.Si no fuera así sería imposible el control.Esto es la teoría. ¿Si el SEPE va a controlar cuando termine el deposito si un año antes cumplía o no?. Pues me imagino que dependerá de la declaración de renta, de como lo vean.Hasta ahora solo me han requerido una vez para que justificara los intereses mes a mes del año anterior.
Cedro 01/10/25 19:52
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El día 15/09 intenté presentar una solicitud de suspensión por una venta realizada el 14/08 y la solicitud de reanudación para el 14/09 al cumplir un mes más tarde de nuevo el criterio de renta.Así lo hice el año pasado al aceptar una herencia, sin problemas.Pues este año me indican que la solicitud de reanudación  no la puedo presentar hasta que no me resuelvan la suspensión, y no me la recogieron.Sin embargo, el día 25/09 me aparece en la web ya la suspensión y la resolución de la reanudación (que yo todavía no he presentado). Entiendo que con los datos que facilité han interpretado que cumplo aunque no haya habido solicitud formal.
Cedro 01/10/25 19:44
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En mi caso, cuando salí al extranjero me suspendieron y reanudaron el mismo día, pero cuando llega la fecha de la DAR no permite hacerlo por internet. La nueva fecha es un año desde la salida al extranjero.Cuando fui a intentar presentarla a la oficina me indicaron que no hacía falta, que se supone que cuando volví del extranjero ya revisan los datos?? y la nueva fecha es la que le aparece a ellos en el ordenador.
Cedro 03/09/25 12:13
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El plazo para presentar la solicitud de suspensión por la compraventa no era hasta la próxima presentación de la declaración anual de rentas (DAR) para los subsidios anteriores a noviembre de 2024. ¿Ha cambiado algo?Yo tenía previsto presentar la solicitud de suspensión y reanudación juntas, el mismo día, al cumplir el mes de la firma de la compraventa.
Cedro 27/08/25 13:43
Ha respondido al tema Subsidio desempleo
¿En el caso de la venta de una vivienda heredada se considera entonces como ganancia patrimonial la totalidad de la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición que se estableció en la aceptación de la herencia?.¿No se pueden descontar los gastos de notaria, registro, plusvalía municipal, inmobiliaria, etc.?
Cedro 06/06/25 14:45
Ha respondido al tema Venta vivienda prestacion 52 años
Franjgr con respecto al punto 2: “2.- Momento de la venta. Tiene una ganancia patrimonial por la diferencia entre el precio de venta, esos 90.000 euros y el de compra. Ese beneficio debe dividirlo entre 12 y sumarlo al resto de rentas que tiene para saber si supera el límite de 888 euros al mes. Si supera este límite el subsidio se suspende.” Si el inmueble, en el caso de un subsidio antiguo, se adquirió por Herencia en junio de 2024, y por tanto no se considero incremento de patrimonio en ese momento, al ser  anterior a la última reforma, si se vende ahora: 1. ¿se considera también ganancia patrimonial por exclusivamente la diferencia entre el valor de venta y el que figura en la adjudicación de herencia?2. ¿o se considera la ganancia patrimonial por el total de la venta al no haberse tenido en cuenta en la adjudicación? 
Cedro 17/02/25 11:12
Ha respondido al tema Abanca lanza el banco B100 digital
Gracias. Un sistema original de liquidación.
Cedro 16/02/25 15:02
Ha respondido al tema Abanca lanza el banco B100 digital
Como hacen el cálculo de intereses, ¿del 1 al 30 del mes natural anterior o del  día 12 del mes anterior al 12 del actual?.Si es el primer caso, ¿la fecha valor es el día 30 o 1 tras el periodo de calculo o el día 12 cuando lo ingresan?.