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Cedro 11/11/25 21:27
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En teoría el dinero y los inmuebles heredados son bienes privativos y sus rendimientos se consideran diferente por parte del SEPE y de la AEAT:SEPE: Los rendimientos (intereses, alquileres...) se distribuyen entre los cónyuges si están en gananciales.AEAT: Los rendimientos los declara el propietario, no se distribuyen. (Me imagino que si los divides y no es mucha cantidad la AEAT no haga nada).Si no hay rendimiento  explícito (dinero) o alquileres (inmueble) se considera el rendimiento presunto, y al no considerarse explotación del bien se valora la renta presunta, la cual se imputa exclusivamente a su propietario (la persona que ha heredado).
Cedro 06/10/25 11:29
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Yo llevo presentadas varias solicitudes de subsidio y siempre la presento con los datos correspondientes a mis rentas. La solicitud la hago yo no el Sepe. La firmo yo no el Sepe. Se lo explico todo en un escrito, donde expongo los intereses mensuales y los repercutidos por un deposito, así como el interés presunto de las acciones y fondos, y me llevo el recibí. No tiene sentido decir como no me lo han preguntado no se lo he dicho.Los intereses de depósitos son pagos periódicos a distribuir entre los meses contratados, y en ningún caso se considera pago único.En este sentido, yo interpreto que si el deposito esta en vigor el mes de presentación y los siguientes hay que tenerlo en cuenta para no pedir el subsidio o pedir la suspensión si es necesario.En todo momento sabe si cumple o no cumple, porque eso en el mes de solicitud no depende de si va cancelar en el futuro el deposito o no. Ya que si no cumple tendrá que cancelarlo en ese momento para cumplir, o mantenerlo y no solicitarlo o pedir la suspensión. O solicitarlo y cuando vaya a cumplir cancelarlo, si interesa más el subsidio que el deposito.Es el mismo caso que un arrendamiento, se cobre o no se cobre hay que computarlo mensualmente. Si no pagan, al año se puede considerar incobrable, pero en su momento es ingreso a todos lo efectos.Si no fuera así sería imposible el control.Esto es la teoría. ¿Si el SEPE va a controlar cuando termine el deposito si un año antes cumplía o no?. Pues me imagino que dependerá de la declaración de renta, de como lo vean.Hasta ahora solo me han requerido una vez para que justificara los intereses mes a mes del año anterior.
Cedro 12/05/24 12:43
Ha respondido al tema Aumento de cuota en convenio especial
Posiblemente ha cambiado. En 2016 lo hice presencial y la solicitud y el contrato fueron simultáneos.En los demás casos que lo he solicitado, al haberlo solicitado dentro del mes ya no me ha habido liquidaciones de meses anteriores y tampoco encuentro el justificante de domiciliación.
Cedro 27/03/24 11:46
Ha respondido al tema Listado de bancos que tienen transferencias intradía sin coste
En mi caso he realizado recientemente transferencias inmediatas desde PIBANK por valor superior a 15.000 euros.
Cedro 15/03/24 12:20
Ha respondido al tema Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
El borrador de la orden finalizó el trámite de audiencia e información pública a mediados de febrero. El año pasado el trámite finalizó el 24 de febrero y la publicaron el 31 de marzo. Esperemos que la publiquen antes de finales de mes, como ocurrió el año pasado.
Cedro 19/01/24 10:28
Ha respondido al tema Subsidio 52 años.
Por la herencia no tienes que comunicar nada, pero si los inmuebles están alquilados o se alquilan en el futuro, y estáis en gananciales, la mitad del alquiler si debes imputártelo.En el caso del dinero igual, mientras que esté dando un rendimiento presunto no tienes que imputarlo, pero si da un interés efectivo (un deposito, una cuenta corriente) las mitad de los intereses también debes imputártelo.
Cedro 17/01/24 19:25
Ha respondido al tema Plusvalías vs minusvalías - Subsidio
Al final, ¿como terminaron las gestiones?. ¿Pudiste compensar plusvalías y minusvalías de diferente género?
Cedro 03/10/23 10:50
Ha respondido al tema Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa
Si hay que declararla como incremento de patrimonio en el IRPF, al no considerarse un descuento como el bono eléctrico.
Cedro 29/07/23 14:12
Ha respondido al tema Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
El Coeficiente Intergeneracional 0,60% parece que se aplica en exclusiva a la diferencia entre la Base de cotización total y la correspondiente al SEPE: (1.759,50 x 0,283 x 0,14) + ((1.759,50 - 1.575) x 0,283 x 0,80) = 69,71 + 41,77 = 111,48€ quedaría: (1.759,50 x 0,283 x 0,14) + ((1.759,50 - 1.575) x 0,283 x 0,80)+ ((1.759,50 - 1.575) x 0,006)  = 69,71 + 41,77 +  1.11= 112,59€ 
Cedro 06/03/23 18:32
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Myinvestor
Hasta donde yo conozco:Los planes de pensiones tributan en su totalidad como rendimientos del trabajo una vez que son rescatados, por tanto no influyen las plusvalías o minusvalías producidas.A efectos fiscales solo son importantes la distinción entre los derechos consolidados de aportaciones anteriores y posteriores a 31/12/2006, por su diferente trato fiscal, siendo este el elemento de información más relevante en el traspaso de planes.Con el cambio de normativa que hubo hace unos años, a partir de 2015 si es necesario conocer las fechas de las distintas aportaciones ya que se supone a a partir de 2025 se podrán reembolsar libremente las participaciones con antigüedad superior a 10 años, si bien su tributación será siempre como rendimientos del trabajo. Así, desde 1 de enero de 2016 las entidades de origen están obligadas a informar a las de destino de la fecha y la cuantía de cada una de las aportaciones de las que deriven los derechos objeto de traspaso. No obstante, respecto de las aportaciones realizadas con anterioridad a 1 de enero de 2016 es suficiente informar del importe del derecho consolidado traspasado derivado de las mismas (distinguiendo, en su caso, la parte correspondiente a aportaciones anteriores a 1 de enero de 2007).