Buenas noches,Di de alta la cuenta online Sabadell el día 28 de enero bajo la promoción del 2,5 % hasta 50000 euros y cual es mi sorpresa que recibo hoy el pago de los intereses alrededor de 1€... Entiendo que por los 3 días de enero que quedaban...Mi mujer dio de alta la cuenta anteriormente y no fue así, dio de alta la cuenta el 28 de agosto y no fue hasta el 15 de octubre que cobró los intereses de todo el mes de septiembre, como ponía en las bases. (Allí decía que el liquidación comienza a contar el día 1 del mes siguiente al que se da de alta la cuenta y se remunera el día 15 del mes siguiente)¿Está bien lo que me han hecho? Insisto, hasta ahora nunca lo habían hecho así. Y mi otra pregunta es, al ser una promoción de un año, al pagarme 3 días de enero¿se supone que ya he quemado 1 mes de la promoción?.Alguien más que le haya pasado? Saludos y gracias
Buenas tardes,Entonces perdonar mi ignorancia, pero a los que hicimos la cuenta antes del 30 de septiembre con la promoción del 3,25%, siguen manteniendo la oferta? Y hasta cuando? Porque entiendo que aún no se nos ha avisado de ningún tipo de bajada...Saludos.
Y en separación de bienes? Habría problema con hacienda por transferencias bancarias entre los dos miembros del matrimonio entre una cuenta de la que solo uno es titular a otra conjunta, y viceversa? E incluso entre una cuenta en la que solo uno es titular a otra en la que solo está el otro de titular?
Buenos días,Sabéis si a la hora de cerrar una cuenta digital hay permanencia o algún gasto de cancelación?Es fácil? O Bankinter complica el proceso?.Saludos
Muchas gracias a todos por las aclaraciones. En definitiva, y si estoy equivocado corregirme por favor, en régimen matrimonial de bienes gananciales no hay ningún problema en hacer transferencias entre cuentas bancarias donde el titular es la esposa a cuentas bancarias donde el titular es el esposo y viceversa, siempre que los fondos no sean privativos anteriores al matrimonio, una herencia...Y ya por indagar más en el tema ¿Entiendo que si hay problema en el caso de tener separación de bienes? En cuanto a los rendimientos de las cuentas es casi seguro que cuando hagamos el borrador de la declaración vendrán a nombre individual de mi mujer o mío en función del titular de la cuenta, y más haciendo la declaración individual, ¿si no se modifica el borrador hacienda puede pedir explicaciones?. (Al final las retenciones ya te las está aplicando el banco pues en las cuentas remuneradas todos los intereses te los ingresan en neto)Saludos y gracias
Gracias por tus respuestas,Perdona por tantas preguntas, pero estoy verde en el tema, y te agradezco toda la información que me estas dando.Con cuentas comunes ¿te refieres solamente a la cuenta conjunta que tenemos en común?O también ¿al resto de cuentas individuales que tiene tanto mi mujer solo a su nombre, como yo tengo solo al mio (algunas de antes de casarnos y otras después)? Me preocupan este tipo de transferencias de importes altos, las que hacemos de las cuentas, en las solo es titular mi mujer y yo no estoy por ningún lado, a las mías en las que solo soy yo titular, y viceversa.Entiendo lo que me dices de los rendimientos de capital en qué hacienda los atribuya solo al titular de la cuenta en que se han generado... Sería necesario corregirlo en un próxima declaración o a hacienda le da igual? (Siempre hacemos declaración individual porque nos sale más favorable)Por otro lado, aprovecho a preguntar, hay algún importe máximo de transferencia en qué hacienda obligue a notificar, declarar o pedir explicaciones?Saludos
Gracias por la aclaración,Prácticamente cuando nos casamos las cuentas estaban vacías, por lo que por ese lado no veo mucho problema.Y por el resto ¿no hay ningún problema con hacienda por las transferencias de importes grandes entre cuentas a nombre de mi mujer y cuentas a nombre mío? Hay que declarar algo o hacienda me puede exigir algo?Saludos.
Gracias por tu respuesta.No entiendo muy bien a qué te refieres con fondos privativos.Al final son cuentas bancarias unas a nombre de mi mujer sola y otras a mí nombre solo, y solo tenemos una cuenta bancaria conjunta. Pero todo el dinero procede de las nóminas de mi mujer y mía.El tema de hacer las cuentas bancarias a un solo nombre es para aprovechar las ofertas de promociones de cuentas remuneradas que llevan un tiempo ofreciendo los bancos para nuevos clientes, así nos podemos acoger a más promociones.Quiero quedarme tranquilo de que no haya problemas con hacienda (donaciones, prestamos...) a la hora de mover por transferencias el dinero de unas cuentas a otras, entre cuentas que estén a su nombre y cuentas que están al mio y viceversa. Saludos.
Buenos días,Si ya veo, aunque el caso no es el mismo, en el caso que me dices habla de transferencias cruzadas mensuales de no mucho importe, en mi caso pregunto por transferencias de importes altos aprovechando el interés de cuentas remuneradas (y que tampoco se devuelven en menos de 30 días).Yo entiendo que con bienes gananciales no hay ningún problema, con separación de bienes si que veo chirriar la cosa....
Buenos días,En bienes gananciales entiendo que aunque una cuenta bancaria esté a nombre de mi esposa y otra a mí nombre, se pueden hacer transferencias sin límite entre las cuentas, sin tener que declarar nada, ni que se considere una donación... Alguien que lo confirme? O si haces transferencias de una cuenta donde somos los 2 titulares a otra en la que solo es uno de los dos titular y viceversa... Tampoco debería pasar nada no?Cómo es eso de los 30 días? quiere decir que si tú haces una transferencia por un importe alto a un amigo y te devuelve la transferencia por el mismo importe antes de 30 días, no hay que declarar nada, ni presentar ningún documento y no se mete hacienda?Saludos.
Gracias por tu respuesta,El tema es ese, que hay cientos de páginas liando el tema, en muchas de ellas indica que hay que declarar cualquier transferencia de más de 10k (incluso a través de un modelo de documento de hacienda) y que no hacerlo conlleva sanciones. Hablan de límites de transferencia (da igual que seas tú mismo el destinatario), que hay ponerlo en la declaración... Un rollo vamos
Gracias,Y que pasa si es de cuentas de distintos titulares, por ejemplo de mi pareja, hay un límite máximo de transferencia en el haya que hacer alguna gestión con Hacienda?
Gracias por la información.Es que la información sobre transferencias que se encuentra en internet no es clara. No deja nada claro que transferencias se informan a hacienda, quien tiene que informarlas , o si hay que declararlas.Si veo el tema de superar el límite de 10000€, parece que es el banco el que informa a hacienda no? Y a partir de aquí hacienda te puede pedir explicaciones o no.
Muchas gracias por la información,Entonces hacienda no se mete en las transferencias entre cuentas a mí nombre, no pide declararlas ni comunicarlas en la declaración cuando superan un importe?Y no hay importe máximo en una transferencia, o importe de la suma de transferencias al día, mes, año...?Perdona, porque estoy hecho un lío con el tema, y como uno va pasando dinero de un banco a otro aprovechando una mejor promoción, me ha entrado el miedo de que luego pueda tener repercusión con hacienda.
Gracias por la invitación,Entonces si yo hago una transferencia de más de 10000€ entre dos bancos con cuenta a mí nombre tengo que declararlo, rellenar algún tipo de formulario o comunicarlo al hacer la declaración de la renta?
Buenos días,Una cosa que siempre me ha traído mosca, en cuanto a bancos, transferencias y hacienda... en lo que se refiere a hacer transferencias de un banco a otro y aprovechar promociones.Hay algún importe máximo a la hora de hacer una transferencia de una banco a otro que se notifique a Hacienda o haya que declarar? Hay algún número máximo de transferencias al día,mes o de importe máximo al mes?
Buenas tardes,¿Cuando sabéis que la cuenta ya está activa? Os mandan algún mail o algo? En principio a los 2 minutos de validar el DNI con la grabación del video ya me han enviado un sms de que era correcto, y nada más he firmado el contrato ya me ha aparecido el número de cuenta, la tarjeta de coordenadas provisional para imprimir y el mensaje de que me enviarán la tarjeta de credito a domicilio, por lo que entiendo que está activa. (El tema de la tarjeta de coordenadas y que te envíen a casa una definitiva es un poco antiguo no?)Por cierto, vaya castaña el proceso de validación, hay una parte que te dice que tienes que aceptar los permisos para no sé que de la hipoteca... en la parte de situación laboral lo enuncian literalmente "dinosaurios que trabajas", hay que subir una nómina o certificado de empresa... Vamos un rollo, ¿Me imagino que también os ha pasado?.Por último, sabemos de qué día a qué día calculan los intereses? Cuando empiezan a computar y cuando los abonan?Se sabe hasta cuando se compromete Bankinter a remunerar el 2, 2,5 y 3,20%?Saludos.
Tiene bastante sentido como lo explicas viendo las bases la verdad. Yo leyendo también lo entiendo así.Por otro lado, mi pareja quiere abrir una cuenta remunerada, aconsejáis acogerse a la promoción actual del 2,5 con máximo 50000 euros o esperar? Cómo puede afectar el tema de la opa del BBVA a las promociones existentes y futuras?
Por lo que entiendo el banco para pagar los intereses tiene en cuenta el saldo final a las 00h de cada día del mes.La clave es si el límite máximo a remunerar de 20000 euros lo tiene en cuenta al calcular el saldo diario, o al calcular el saldo medio mensual.