Dave Bowman
26/04/12 20:20
Ha respondido al tema Alta en IAE y Seg. Social cómo profesor de clases particulares
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Hola. Creo que la diferencia entre el caso que plantea Aquarius y el mío es que ella facurará a empresas y/ó instituciones, lo que le obligaría, creo, a hacer retención del irpf en cada factura. En mi caso, por facturar a particulares, estaría exento de dicha retención.
Por resumir todo lo que creo que he entendido, y corregidme si me equivoco:
- Alta en el I.A.E.: aunque obligatoria, autónomos exentos de pagar por ello.
- Alata censal en Hacienda. Tengo dudas. Si mi actividad fuera clasificada como actividad profesional, por ej. 821 de la Sección Segunda, ¿ implicaria ello la no obligatoriedad de alta Censal en hacienda?
- Alta en Seguridad Social, RETA: si, al menos en mi caso.
- Al no tener local, no haría falta ni Licencia de Apertura ni de Actividad.
- IVA: exentos. - Retenciones irpf en facturas: sólo si se factura a empresas, instituciones y a otros autónomos( parfa el ejercicio de su actividad propia).
- Obligación de declaración de la renta: creo que sólo si el rendimiento total del trabajo supera los 22000€. En cualquier caso ¿ Tendría obligación de pagar las cuotas trimestrales a Hacienda, a cuenta del irpf, no?
Saludos. Y mil gracias por la atención y la rapidez de las respuestas.