Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2014, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN:
Madrid.
26/03/2014
Comunicación del BORRADOR de declaración
08/04/2014
Modificación del BORRADOR de declaración
08/04/2014
Grabación de la declaración
09/05/2014
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.
Madrid.
En que apartado hay que colocar la referencia catastral? Yo vivo de alquiler y solo me aparece la casilla correspondiente por deducción estatal anual y me pide únicamente el NIF de la empresa arrendataria.
Entonces, entiendo que si este año pongo vinculación 3-3 podría hacer que al ver un cambio mirasen de manera retroactiva las antiguas declaraciones y se dieran cuenta del error (todo sea dicho siempre se confirmó el borrador emitido por hacienda) Y además en Julio se casarán.
El hijo es de ambos y tiene ocho años. El está separado legalmente y ella está soltera. (Se van a casar este próximo verano) Tuvieron el crio. Desde entonces viven juntos y empadronados en el mismo domicilio. Ella jamás ha hecho la declaración.
Entonces no entiendo nada. El crio tiene 8 años y desde que nació han hecho la declaración así, quiero decir que estaba conviviendo con él, aunque siempre han estado empadronados juntos y hacienda jamás les ha dicho nada. Ella nunca ha hecho la declaración.
Como puede ser esto? Que a Hacienda se le haya pasado por alto durante 8 años y no hayan recibido jamás una paralela. Mi hermano esta separado y ella soltera.
Una cuestión más. Esta pareja comenzó a convivir junto al hijo a partir de abril. Antes de ese mes, ambos vivían en casas distintas. Esto cambia algo?
Y el hecho de que mi hermano haga la declaración y ella no porque no ha trabajado durante el 2013 tampoco le da derecho al 100% de la deducción?
Aparte, un hecho curioso. Como puede ser que te deduzcas más poniendo un hijo en régimen de 3 y 3 en convivencia, que poniendo dos en los mísmos términos? Es decir, si en lugar de ser un hijo fueran dos la deducción para el primer declarante es menor. Es algo que no entiendo.
Gracias.
Pero te deja confirmar la declaración actual?
A mi me han enviado justamente ese mismo texto:
Sin embargo, existen determinadas circunstancias que impiden confirmar este borrador en tanto no se
modifique, es decir, precisa que usted aporte o corrija algún dato antes de su confirmación.
Dichas circunstancias, en su caso, consisten en la existencia de duplicidad de
ascendientes/descendientes en la renta del ejercicio anterior, ya sea por incompatibilidad de las
vinculaciones o por haber presentado declaración los ascendientes/descendientes el ejercicio
anterior.
Pero en la declaración si cambio ese detalle si me deja confirmar el borrador por lo cual deduzco que se arregla el problema. No lo sé bien.