1º) Claúsula siendo MALO el Arrendador:
"Se entrega el piso con electrodomésticos. El Arrendatario ha comprobado que
están en buen estado.
Ya que los electrodomésticos son de segunda mano, al excindirse el contrato,no será exigible ni siquiera que se devuelvan los electrodomésticos funcionando
Pero, en caso de avería, el Arrendador no se hará responsable ni de su arreglo, ni de comprar otro electrodomésticos y será única responsabilidad del Arrendatario resolver dicha situación"
1º) Claúsula siendo BUENO el Arrendador:
"Se entrega el piso con electrodomésticos.
En Caso de averías en los electrodomésticos el Arrendador no se haría responsable de posibles daños ocasionados en objetos tales como comida, ropa o daños personales en los Arrendatarios".
Hola, soy el que inició este tema
El debate puede estar:
1º) Dejando a un lado la ley, entre lo razonable y lo no razonable
2º) Entrando en tema de leyes el debate sería tema de sartenes y mangos
3º) El propietario siempre aprende para la próxima vez que redacte un contrato
El inquilino me ingresa la renta por el banco, el único recibo o comprobante que existe es dicho ingreso. Estoy a la espera de ver si me ingresa toda la renta del mes o si me descuenta los 60€ de la renta. En este 2ºcaso, Burofax al canto "En lo sucesivo, siga Ud abonandome la renta como hasta ahora, pero que sepa que tiene una deuda de 60€ del mes de julio del 2016, si dicha deuda por los motivos que fueren va en aumento, puede llegar un momento que estime por mi parte plantear un Deshaucio por falta de pago"
Sigo pidiendo consejo que sea positivo para mi segun las alternativasd que he planteado, gracias
Cualquier respuesta negativa para mi, ruego citen leyes para que seamos algo objetivos,las opiniones cada uno tenemos las nuestras y algunos confunden las leyes con sus deseos
Saludos
Muchas gracias por la respuesta, me quita un peso de encima por refrescar lo de la fecha de la nueva ley, asi como que sea renovable .... Entonces a pesar de haber hecho el contrato por 6 meses (en lugar de por 1 año) ¿Puede ser válido este contrato delante del Juez?
No es así. Tengo conocimiento que absolutamente en todas las comunidades, estan funcionando los Contadores Via Radio y más en Barcelona.
El problema:
¿Porqué una Comunidad de propietarios en su conjunto puede ponerlo, y un particular pertenenciente a esa Comunidad si quiere ponerlo por su cuenta, no puede ponerlo, aunque tenga que pagar un Plus por ponerlo él solo?
¿ Es que una compañía intermediaria lectora del agua puede prohibírselo?