tia sobrina que son familiares de 2º grado?, el coeficiente multiplicador supongo que seria 1,58?
aplazamiento legal del pago de IS?, como es eso?, he visto un caso reciente en la familia y el notario le pidio el dinero por delante para el IS, y el banco si no esta pagado el IS no da el dinero de las cuentas.
si de lo mas importante te puedes librar, pero no del resto, no se libra nadie, el ayuntamiento quiere lo suyo y el notario no trabaja gratis, pero asegurate de que no pagaras ISD, lo que he encontrado sobre asturias es que la bonificacion es del 100% pero si no supera los 150.000 euros, y solo en herencias, ve a una notaria, ellos tienen conexion con la base de datos con la que hacienda valora los inmuebles y que te expliquen lo que te saldra mas barato, si esto es asi que no te lo done, esperas a heredarlo algun dia de tu madre, ya te digo que el objetivo es no pagar el ISD, que es enorme.
http://www.vaciero.es/VACIERO/CONFIANZA/VALOR/VACIERO/NOVEDADES-EN-EL-IMPUESTO-SOBRE-SUCESIONES-Y-DONACIONES-2009_105_57_117_0_1_in.html
5.- Se mejoran las condiciones de la bonificación de la cuota en los supuestos de transmisión mortis-causa cuando los adquirentes sean descendientes o adoptados de 21 ó más años o bien cónyuges, ascendientes y adoptantes.
La mencionada bonificación será del 100% siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
Que la base imponible sea igual o inferior a 150.000 euros (antes 125.000 euros).
Que el patrimonio preexistente del heredero no sea superior a 402.678,11 euros.
es cierto:
http://notariamazaira.com/blog/?p=426
El coste fiscal de la donación
Posted on marzo 7, 2012 by armando
A la hora de hacer o recibir una donación debe considerarse la repercusión de tres impuestos:
a) La Comunidad Autónoma cobrará al donatario el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
b) El Ayuntamiento cobrará al donatario la “plusvalía municipal”, o Impuesto sobre el Incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana.
c) El Estado hará tributar al donante por la ganancia patrimonial en el IRPF.
lo que debes evitar es pagar el impuesto de sucesiones y donaciones, que es un autentico robo, por eso digo que herede tu madre y solo pagara alrededor de 4000 5000 euros, luego te lo dona a ti y como la plusvalia municipal ya se ha pagado lo harias por otros 1500 euros aproximadamente.
en las herencias todo el mundo se lleva un trozo, hacienda, ayuntamiento, notario, gestoria, registrador, y lo que queda es lo que heredas.
me acabo de dar cuenta de otra cosa, la exencion del impuesto de sucesiones es entre familiares de primer grado, si tu madre renuncia los herederos serian nietos y eso creo que ya no es primer grado, que alguien me corrija si me equivoco, lo mejor va a ser que herede tu madre porque si no puedes pagar 4000 euros mucho menos podrias pagar el impuesto de sucesiones.
barato no es, ten en cuenta que aunque en asturias estuviese bonificado el impuesto de sucesiones tendras que pagar la plusvalia municipal, el notario y la gestoria, heredar un piso normal y corriente son entre 4000 y 5000 euros, y luego en tu caso la donacion de la parte de tu hermano, que como es tu hermano no es familiar de primer grado no esta exento del impuesto de donaciones, eso seria bastante mas, yo que tú la donacion de tu hermano la dejaba para cuando tengas unos ahorros...
si renunciando sin especificar a favor de alguien en concreto os pone a vosotros dos como herederos por defecto, pagariais por sucesion por el total y luego por donacion por la mitad cuando tu hermano te donara su parte.
si tu madre renuncia a tu favor, pagas por sucesion por el total y luego por donacion por el total tambien, esto es menos favorable pero tienes que asegurarte bien de que si renuncia sin especificar a favor de alguien vais a ser vosotros los herederos.
cuidado que renunciar a favor de nadie no sabemos que significa, si a favor del estado o a favor de los siguientes herederos que correspondiesen, en este caso los nietos, porque en este caso en el testamento solo figura ella.