Latinus. El argumento es sencillo, no es algo tan basico haces el hecho imponible y pagas, porque muchas veces realizas el hecho imponible y no pagas inmediatamente, o es un hecho exento (realizas el HI pero tienes una exención legal).
El hecho imponible es algo que se configura en unos terminos muy abstractos que luego se concretan en la Base Imponible, tipo, cuota, etc. Son normas abiertas de dificil comprensión, incluso para los brillantes funcionarios de las Administraciones tributarias.
Quieres ejemplos, te voy a dar 3:
1) Adm. Local, se devenga un IBI y se cobra por vía de apremio sin notificación de ningún tipo (ni siquiera por Boletín)... se recurre se obtiene de un Juzgado resolución favorable (es decir anula el IBI), se hace firme, y el Ayuntamiento embarga un bien inmueble en base a esto. Llevamos 3 años para anular el embargo...
2) Adm. Autonomica: Un impuesto sobre el patrimonio grande de gran empresario. Se inspecciona y con un criterio afirmado por la DGT (Tributos no trafico) como incorrecto, se liquida. Se recurre está liquidación y se avala la deuda. Se ignorá el aval (y por tanto la Ley que dice bien clarito que con aval suspensión automatica), y se apremia, luego de apremiar (que se recurrio) se embargan cuentas. Mientras el TEAR dice que no puede hacer nada... Dos años despues nulidad de pleno derecho del procedimiento... mientras más de 300.000 € embargados, mala imagen en bancos por los embargos, etc.
3) ADministración Estatal: IVA. Se regulariza una situación, es decir se paga, se pagan los correspondientes recargos. Un año despues la Administración dicta una resolución sancionadora (cuando no puede), estamos en ello. O lo más cachondo, procedimiento inspector de una sociedad. Se dicta liquidación que se estima como valida, no se recurre. Filial en misma situación, pero unidad de inspección diferente, aplican criterio radicalmente diferente...
No se si necesitais más. El tema del Terror fiscal se basa en que ahora mismo la Administración juego con 3 comodines: policia judicial y jueces de lo penal inexpertos que autorizan cualquier cosa..., justicia administrativa capidisminuida, donde ir a al Tribunal Supremo solo se puede con mñas de 600.000 €. Ningun IVA va a llegar al Supremo... Medios periodisticos totalmente favorables, por ejemplo es gracioso ver la campaña del Pais por introducir un Impuesto Mínimo a las Grandes empresas, porque no pagan mucho.