Ya ni podéis instar una junta porque la entrada en liquidación supone que deja de existir la junta de accionistas, así como el consejo de administración etc.Menudo vendemotos Clemente, ni siquiera ha sido capaz de presentar una propuesta de convenio en plazo, aunque tampoco es que sirviera de nada porque se la iban a rechazar. Ahora vendrá con el típico victimismo narcisista de que es muy difícil luchar contra los poderosos y blablabla, y algunos (o visto lo visto quizás muchos) seguirán creyéndose sus bobadas.
Luis tiene razón, aparte de que está en cualquier libro de texto de finanzas puedes buscar "enterprise value" en google y por ejemplo en el primer link, de investopedia, te lo explica claramente. 5300 es la estimación que hace la propia compañía de su enterprise value, no de su patrimonio neto ni del valor de las acciones post-reestructuración.
http://www.investopedia.com/terms/e/enterprisevalue.asp
Ha comentado en el artículo Reestructuración Abengoa, valoración de bonos y acciones
Vamos a ver, la cotización disparatada de las acciones A no da ningún derecho legal a estos accionistas. La cuestión es que las acciones B tienen idénticos derechos económicos (y así se blinda en su prospecto), por lo que cualquier otro canje sería ilegal.
La toma de control ha de instrumentarse mediante una ampliación de capital y como los acreedores no son retrasados no van a hacer una ampliación en acciones B para no tener el control político de la sociedad. Una vez hecha la ampliación de capital, tan pronto como empiecen a cotizar las acciones nuevas (o tres días antes como pasó en Bankia por el retardo en la liquidación de operaciones) las acciones A se hunden. Las acciones B se hunden al compás gracias a la convertibilidad unidireccional de acciones A en B (si no fuese por eso la irracionalidad del precio de las B podría persistir).
Lo que está pasando con la cotización de Abengoa es lo mismo que pasó con Bankia: un valor grande atrae un buen número de minoristas con un comportamiento irracional pero que en proporción son demasiado pocos para influir significativamente en el valor (no son el operador marginal). Cuando un valor así se hunde a los infiernos el tamaño de su mercado se reduce tanto que el inversor irracional, que no abandona el valor, copa el mercado y entonces el precio pierde toda conexión con el más básico sentido común.
En el mercado de bonos apenas hay inversores minoristas irracionales, de ahí que surja esta discrepancia entre ambos mercados, que sería arbitrable si quedara forma de ponerse corto en las acciones.
A los acreedores les importa un pimiento lo que lloren los accionistas A, con esta secuencia de sucesos no tienen derecho legal a quejarse (nadie les mandó comprar a estos precios) mientras que cualquier otro canje daría derecho a los accionistas B a pleitear. De hecho esta secuencia perjudicaría legalmente al accionista B por la pérdida no proporcionada de peso político, pero si a continuación se les resarce equiparando sus derechos políticos (canjeándoles las acciones por acciones A) se cierra la operación respetando los derechos legales de todos.
Ahora al menos hay administradores concursales. Lo primero es ver si se atreven a traspasar la cuenta. Sacarían de la masa de activos 22 millones, pero también los sacarían de la masa de pasivo y además preservarían el valor de un activo como es Interdín. Este último razonamiento es el que podría justificar traspasar la cuenta, evitar el deterioro de un activo. A la larga debe ser lo mejor para los propios acreedores, pero se me antoja una decisión valiente para unos administradores concursales.
Yo creo que el caso más catastrófico son 4 meses: 1 mes (20 días hábiles) para que el FGD pague. Si no lo hace entonces Interdín se tiene que declarar en concurso y a partir de ahí 3 meses del Fogain. Lo que puede durar un siglo es el proceso concursal de BM y en su caso de Interdín, pero para recuperar el dinero por debajo de 100k no puede (legalmente) prolongarse tanto.
Lo que pasa es que el 30-35% está ya a salvo fuera de BM y pueden devolverlo en cuanto la CNMV lo autorice. El otro 65-70% es el que está bloqueado en BM y van a intentar 1º traspasarlo (lo veo imposible) y 2º pasarlo a depósitos para que responda el FGD (mi gran esperanza para que se arregle la cosa rápido).
De todas formas la cifra es global, pues según se desprende del comunicado lo que viene de MEFF está individualizado y unos tendrán un porcentaje mayor que otros fuera de BM. Yo en particular tenía el 37.5% en MEFF, por lo que al sumarle la prorrata de la parte global creo que tendré a salvo bastante más de ese promedio :-)
El otro día miré las cuentas de 2013 Interdín en la CNMV y es una empresa rentable, con beneficios en 2013 y 2012. Antes creo que perdió dinero por alguna operación rara, pues tienen una depreciación de activos inmobiliarios ejecutados a un cliente en las cuentas. En las cuentas se decía que habían decidido separar el negocio de tipo tradicional y dejar en Interdin exclusivamente el negocio de broker online, cosa que imagino ya estará hecha.
Hablo de cabeza, pero creo que el beneficio anual en años normales ronda 1 millón de euros. Tomando un PER normal y simplemente por tener un orden de magnitud podría valer unos 14 millones. Con la jodienda que le han formado gran parte de ese valor se ha evaporado, primero porque pérdida de clientes va a haber y segundo porque está por ver si pierden dinero por cubrir a clientes de más de 100k y por depósitos propios de Interdin en Banco Madrid.
Con todo, una operación de este tipo bajo mi punto de vista tendría que plantearse como un "Management buyout", es decir, tendría que ser liderada por los propios directivos y empleados que se jugasen su propio dinero en la compra, pudiendo contar con el apoyo adicional de socios meramente financieros donde podríamos entrar accionistas minoritarios.
Que unos inversores financieros entren en una operación así sin que la propia directiva esté implicada hasta el tuétano me parecería una locura.
Yo también estoy dejando de ganar dinero por la situación pero la verdad es que no me parece honesto reclamar por algo que en términos estadísticos no genera pérdida. Si la bolsa se pega un castañazo entonces que haría, ¿darle a Interdín el dinero que habría salvado de la quema? Si tuviera derecho a reclamar el coste de oportunidad entonces en el momento de la orden de cierre estaría teniendo un enriquecimiento injusto, como si me regalaran una PUT sobre mi posición.
De todas formas, siendo decisiones tomadas por la CNMV no creo que haya mucha base legal.
PD: #yomequedoeninterdin
¿En serio creías que en "Atención al Inversor" de la CNMV te iban a "Atender"? :P
Se me ocurre que igual están atentos al inversor para cuando se acerque uno correr a esconderse.