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Participaciones del usuario Grome - Depósitos

Grome 30/03/24 13:33
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
 Por el contrario, los rendimientos procedentes de bienes o derechos que, de acuerdo con las mismas normas, sean de titularidad privativa de uno cualquiera de los cónyuges, corresponderán íntegramente a este. Qué se entiende como titularidad privativa?? Parece que es algo que ya era tuyo en propiedad antes del matrimonio... Como siempre @monillo creo que acierta.En este hilo hablan de cosas parecidashttps://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/5928274-alquiler-ganancialesSaludos
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Grome 30/03/24 13:05
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Esto es lo que viene en Hacienda.https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c05-rendimientos-capital-mobiliario/individualizacion-rendimientos-capital-mobiliario.html Recuerde: en el caso de matrimonios los rendimientos procedentes de bienes y derechos que, de acuerdo con las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, sean comunes a ambos cónyuges, corresponderán por mitad a cada uno de ellos (salvo que se justifique otra cuota distinta de participación). Por el contrario, los rendimientos procedentes de bienes o derechos que, de acuerdo con las mismas normas, sean de titularidad privativa de uno cualquiera de los cónyuges, corresponderán íntegramente a este. Esto otro es de un artículo de prensa del cinco díashttps://cincodias.elpais.com/cincodias/2009/05/16/mercados/1242435701_850215.html Cómo se declaran los rendimientos del capital mobiliario en una declaración conjunta? ¿Y en la individual?Dependerá de si se trata de un régimen de gananciales o de separación de bienes. En el régimen de gananciales, si eligen la declaración individual, cada cónyuge declarará la mitad de los rendimientos. Por ejemplo, la mitad de los intereses de una cuenta de ahorro, aunque sólo figure como titular uno de los dos. Si las ganancias deriven de una herencia o sean anteriores al matrimonio, deberá declararlas únicamente su titular Aquí tienes otro https://www.tressis.com/blog/como-incluir-en-nuestra-declaracion-de-la-renta-los-ingresos-dependiendo-de-su-origen-2a-parte/ Rendimientos de capital mobiliario (dividendos, cupones, etc.)Los rendimientos del capital mobiliario corresponden a los contribuyentes que sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos, de que provengan dichos rendimientos. Por lo tanto, serán los mencionados titulares quienes deberán incluir los correspondientes rendimientos en su declaración del IRPF.En los supuestos en que la titularidad de los bienes o derechos corresponda a varias personas, los rendimientos se considerarán obtenidos por cada una de ellas en proporción a su participación en dicha titularidad. Por consiguiente, cada uno de los cotitulares deberá declarar como ingresos íntegros y gastos deducibles las cantidades que resulten de aplicar, respectivamente, sobre los ingresos y gastos totales producidos por el bien o derecho de que se trate, el porcentaje que represente su participación en la titularidad del mismo.No obstante lo anterior debe tenerse en cuenta que, independientemente de la titularidad de la cuenta de valores, los rendimientos procedentes de bienes y derechos gananciales corresponderán por mitad a cada uno de ellos (salvo que se justifique otra cuota distinta de participación).Lina Marcela Guerra GuerraDirectora de Planificación Patrimonial y FiscalEl contenido de este documento no constituye asesoramiento, sino que es meramente divulgativo. En particular, cualquier decisión o actuación relacionada con el contenido de esta alerta debería ser objeto de análisis específico y adecuado a la situación particular de que se trate. Dicho todo esto, si aceptas borrador yo creo que no pasa nada de nada, de hecho leyendo lo de Hacienda, que es lo importante, yo interpreto que esas ganancias son tuyas. Pero esto yo no lo puedo asegurar ya que no soy asesor fiscal. Asegúrate preguntando a un asesor fiscal. En algunos seguros como los de Mapfre tienes asignado un asesor fiscal para poder hacerle preguntas.Saludos
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Grome 30/03/24 10:47
Ha respondido al tema Depósitos o Fondos MONETARIOS
La estrategia es muy personal pero si quieres el depósito del 4% te puedes abrir la cartera ahorro de Myinvestor, que es una suma de monetarios y le metes 150€ y contratas el depósito.Si traspasas no tienes que pasar por caja. Esa plusvalía la pasas tb al otro fondo y cuando vendas, pagas todas las plusvalías si las hubiera. No es que no se paga nunca, es que retrasas el pago.Ahora mismo el Groupama está dando más rentabilidad. Yo tengo el de AXA pero cualquiera que cojas está bien. Yo ahora cogería Groupama pero esto puede girar. Las diferencias son pocas PD: cuando bajen tipos de interés bajará el rendi de monetarios y bajarán los depósitos a no ser que los depósitos ya hayan descontado las bajadas (como parecen que han hecho)Saludos
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Grome 13/03/24 21:01
Ha respondido al tema Depósitos o Fondos MONETARIOS
Yo estoy a favor de los monetarios. Cómo te he dicho llevo yo. También estoy en el foro de planes amigo. No son productos excluyentes. La idea es intentar maximizar cada cosa en su momento. Ahora mismo creo que están mejor los monetarios. Si cambia la cosa pues viramos a depósitos.Saludos
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Grome 04/03/24 21:56
Ha respondido al tema Myinvestor amplia la remuneración al 2%
 Esto es de Twitter. No sé si se había comentado pero aquí hay todavía más acciones y ETF´s.Por si a algun@ le puede servir. Cómo invertir en esa acción que te flipa y que no está en MyInvestor. Muy sencillo. Entra aquí https://inversis.com/?cobranding=cbmyinvestor… y sigue leyendo:Puedes invertir en valores disponibles en Inversis, la plataforma de inversiones que nos presta servicio, aunque no estén disponibles en la web/app de MyInvestor. 1. Accede a la web Inversis-MyInvestor a través del siguiente enlace: https://inversis.com/?cobranding=cbmyinvestor…2. Introduce tu usuario y contraseña de MyInvestor.  3. En el apartado Inversiones, encontrarás acciones y ETF. Sigue la ruta Operaciones y consultas / Compra - venta. 4. Utiliza el buscador para seleccionar mercado, ISIN, ticker… y ver todos los valores disponibles en Inversis.  5. Realiza el test de conveniencia de Inversis. Este paso es tediosos, pero sólo tendrás que hacerlo la primera vez que operes por este canal.  ¡Ya puedes comenzar a operar!Ten en cuenta que: Hasta que no realices el test de conveniencia de Inversis no podrás operar. Una vez realizado, y si tu perfil lo permite, podrás comprar valores a través de este canal. Tras realizar la compra, el valor te aparecerá en la aplicación de MyInvestor junto con el resto de valores que ya tengas, pero no verás el precio en tiempo real de este valor cuando el mercado esté abierto. Podrás vender este valor desde la web/app de MyInvestor. No es necesario que lo hagas a través de la web de Inversis. Saludos 
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