Muchas gracias, "Marianin07" y "Calmaypaciencia", constato que debes ser el mismo.-- cada día me alegro más de haber integrado en RANKIA.Después de tu opinión y consejos y los de de Enasua y de realizar una Comparación detallada entre la Declaración de 2021 presentada y la Propuesta de Liquidación recibida al ser Revisada, y que he ACEPTADO , creo que la Complementaria de 2020 que he confeccionado es Correcta, ya que , efectivamente, al finlal aparecen dos Líneas " Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria correspondientes al ejercicio 2020" = Exactamente la misma cantidad que en la Declaración que se presentó, aunque haya desaparecido el Rendimientos del Trabajo Negativo y en otra Fila dice : Resultado de la regularización = 0,00No he enviado la Complementaria aún , porque he llegado a la siguiente conclusión, que someto a vuestra consideración para que me la "aprobeis" y para que los comentarios de "mi Caso" puedan ser de utilidad a algún forero, que llegue a encontrarse con mi mismo problema. Los elementos que constituyen las Rentas de mi Cónyuge son muy simples : 1.- No hay Rendimientos del Trabajo2.- Hay Rendimientos del C. Mobiliario e Imputaciones de Rentas de escasa entidad.3.-Hay Rendimientos de la Actividad Agraria, -Módulos- , con sus Retenciones por las Ventas, y de ahí salen los Importes a DEVOLVER .Al eliminar la Cotización al RETA y desaparecer el Rendimiento NEGATIVO del Trabajo , la Base Imponible del Ahorro sigue siendo Baja por lo que genera una Cuota , que es absorbida, CREO, por el Mínimo Personal...La Base Liquidable GENERAL sigue siendo la misma porque sale de la Actividad Agraria y de las Imputaciones de Rentas . Creo que esta es la razón por la que no ha cambiado el Resultado Final de la Declaración, respecto a la presentada en su fecha .Bien ...., entonces yo me digo : ¿ No será lo más conveniente quedarte quietecito y no tocar las Declaraciones NO PRESCRITAS , - 2020-2019-2018 y 2017, aunque en ellas haya un Rendimiento Negativo del Trabajo ? ... De todas formas si planteo unas Complementarias , a la vista del Resultado de la de 2020, me va a salir o lo mismo ó casi lo mismo y ahorro quebraderos de cabeza y molestias a los magníficos foreros de RANKIA. Debo aclararos que en la Revisada de 2021, si han encontrado diferencias entre lo Declarado y la Propuesta , pero ha sido en el cálculo de la Base Imponible General, porque no coinciden los resultados del R. Neto Reducido por Módulos de la Actividad Agraria, pero eso ya es otro asunto, que aunque no llego a entender, lo he Aceptado . Espero haberme explicado bien y reitero mi agradecimientoSaludos cordiales