Gracias de nuevo,no había caído en que, aunque no se paguen impuestos en España, hay que declarar esa cantidad en el modelo 210 e indicar que está exenta.Bacalo, parece que tienes experiencia en la fiscalidad de no residentes. ¿Por casualidad no estarás disponible como asesor fiscal?Gracias y un saludo.
¡Muchas gracias por la info! Tiene sentido. Entonces, aunque en mi enlace se diga que debería tributar en España:En el caso de personas físicas, cuando se trate de ganancias derivadas de la transmisión de acciones, participaciones u otros derechos en una entidad y el contribuyente, en algún momento anterior durante el período de 12 meses precedentes a la transmisión, haya participado directa o indirectamente en al menos el 25 por 100 del capital o patrimonio de dicha entidad.La documentación que tú has referenciado prevalece por ser más específica (del Reino Unido), no?Gracias de nuevo!