Hola, respecto a la primera consulta seguramente ya te viene incluida la subvención en la propia renta y según tus ingresos o situación personal te saldrá a pagar o devolver. Respecto a las otras obras de mejora te puedes deducir un 15% presentando para ello el modelo 143
Hola, depende de si quieres dar tu parte a tu hermano o si queréis que el viva allí pero posteriormente si el decidiese no vivir allí por cualquier motivo y vendiese el piso si renuncias a tu parte ya no te correspondería nada.Yo aceptaría la parte porque no se sabe lo que puede pasar a futuro.Respecto al subsidio + 52 al recibir el piso no tendrías ninguna penalización. Pero si se produce la venta y un aumento patrimonial en este caso si.A mi madre la han penalizado con 3 meses por vender un piso a 200.000€ siendo 4 hermanos.Es decir 50.000€
Buenos días! Lo primero que hay que saber es que aunque sean conjuntas si estas forman una única finca registral o dos.Una vez sepamos eso abría que mirar bien estatutos de la comunidad y pedir algún tipo de permiso. Sería mucho más fácil si fuesen dos fincas distintas aunque estuvieran en la misma escritura