Muchas gracias @mbmbmb
.El trabajo es en realidad una tarea continuada. Para entendernos, viene a ser llevar redes sociales y la web de la asociación, aunque la empresa (extranjera con sede en la UE) me ha dicho que en la factura pondríamos X tipo de colaboración o lo que se considerase oportuno, haciendo 1 factura anual que ascendería a 6.000€. En realidad puedo hacerla de 4.000, otra de 6.000 el año que viene...e ir reservando cantidades para facturarlo más adelante. La verdad, estoy perdidísimo en tema fiscal y cada gestoría me ha dado a entender una cosa.Mi principal duda viene a la hora de darme de alta de autónomo. Digamos que ahora tengo mi trabajo, decido darme de alta y facturar estos ingresos extra, pero más adelante me doy de baja y por X motivo dejo mi trabajo y necesito tirar de mi prestación por desempleo. ¿Tendré derecho a la misma o la habré perdido?Por otro lado, si tengo que justificar esos ingresos sin proyecto, ¿a quién realmente se le justifica el trabajo continuado o la puntualidad temporal del mismo? ¿qué diferencia hay entre, llegado el momento, decir que me encargo de gestionar las redes sociales/web (continuado, no interesaría hacerlo así por lo que entiendo) o simplemente decir que he participado en una sesión web de la asociación por la que me han querido pagar esa cantidad (ingreso puntual de la cantidad acordada por una charla, excesivo posiblemente)? Como comento, estoy perdidísimo y lo que no quiero es tener problemas con nadie. He llegado a pensar en que algún autónomo conocido haga cuentas y facture en mi nombre, dándole el 50%-60% del total para hacerse cargo no sólo de la subida del IRPF sino también de los gastos de gestoría, trimestres, etc...Por el contrario, no sé si darme de alta de autónomo y cobrar todo de golpe o estar dado de alta 3 o 4 meses y repartir cantidades. Aunque en este caso, dentro de un año volveremos a lo mismo pero peor, puesto que al volver a querer darme de alta ya no podré beneficiarme de una tarifa plana, entiendo.Gracias compañero.
No he podido contactar...Y menudo sablazo en la factura telefónica me llegará.Al igual que las personas que realizan conferencias, congresos y demás fuera de su actividad principal sin hacerse autónomos, alguien sabe si hay algún modo de seguir ese camino y facturar 1 vez al año para poder declarar el IRPF correspondiente en la Renta?Gracias...estoy algo desesperado.
Muchas gracias a los dos. Los dos asesores que he consultado me han dicho cosas similares pero no idénticas...Si llamo a Hacienda y digo que me han ofrecido una actividad puntual, no podrían ayudarme?Al fin y al cabo lo que quiero es hacerlo "bien", pero no que el trabajo no sirva de nada.