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Participaciones del usuario kimdeal - Seguros

kimdeal 16/12/16 12:01
Ha respondido al tema No incluir bonificación en los Ficheros
Aunque no están obligados a volcar datos en SINCO, lo que puedes hacer es pedirles un certificado de siniestralidad con el que poder conservar la bonificación al cambiarte de compañía.
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kimdeal 13/12/16 22:12
Ha respondido al tema Seguro de hogar entidad financiera
Básicamente que tengas los capitales correctos y las coberturas que necesitas o te preocupen. Sino, sea el precio que sea, estarás pagando un seguro carísimo
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kimdeal 13/12/16 16:00
Ha respondido al tema Seguro de hogar entidad financiera
No, la bonificación la tienes por contratar el seguro de hogar con ellos. Debes valorar, primero, si el seguro de hogar que hiciste con ellos está bien hecho y, segundo, si ahorras en prima y el primer punto se cumple, si compensa el ahorro frente a la bonificación.
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kimdeal 01/12/16 17:35
Ha respondido al tema Reclamar seguro por Invaliz Absoluta
Por ley cualquier invalidez es revisable en cualquier momento hasta alcanzar la fecha de jubilación por lo que si nos atenemos a eso nunca se cobraría de un seguro por una invalidez permanente porque son revisables en cualquier momento. Subsección 2ª. Revisión Artículo 36.- Supuesto y causas Las declaraciones de incapacidad serán revisables en todo tiempo, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida para la de pensión de jubilación, por alguna de las causas siguientes: a) Agravación o mejoría. b) Error de diagnóstico.
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kimdeal 30/11/16 18:53
Ha respondido al tema Reclamar seguro por Invaliz Absoluta
La incapacidad profesional no existe como concepto para la Seguridad Social por lo que esa P solo puede ser de permanente. Dentro de la incapacidades permanentes podrá ser parcial, total, absoluta y de gran invalidez. Extraido de la web de la Seguridad Social: Concepto En la modalidad contributiva, es incapacidad permanente la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del inválido, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo. Que reclame que tiene derecho
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kimdeal 29/11/16 12:50
Ha respondido al tema Seguros Órbita
Por acabar la discusión porque sacas conclusiones de mis palabras que muy mal me debo explicar. Yo no contrato una póliza de baja real porque no se ajusta a mis necesidades. Si tu es lo que necesitas, adelante con ella. Yo no puedo estar de baja 3 meses porque mi negocio se va a pique. Por eso prefiero una baremada. Y si intento explicarte cosas que sé porque he trabajado muchos años en seguros y lo quieres tomar por lo que no es, problema tuyo.
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kimdeal 29/11/16 11:50
Ha respondido al tema Seguros Órbita
Hablo como cliente de Orbita. No tengo ni idea de las veces que la gente pide la ampliación. Lo único que digo es que las pólizas de baja real no son tan bonitas como muchos se creen. Tengo un amigo que es perito médico de una compañía que trabaja estas pólizas al que pedí asesoramiento cuando busqué una póliza de baja para mí. Y no se ajustan a lo que yo necesito. La prestación no la retiran por echar cuento. La retiran porque tienen sus baremos y al que se pasa mucho del baremo se la cortan.
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kimdeal 28/11/16 22:44
Ha respondido al tema Seguros Órbita
Las mayúsculas son del condicionado, es un copia pega. Y no lo has entendido. Esa cláusula quiere decir que si su perito médico considera que puedes realizar parcialmente tu actividad laboral, dejarán de pagarte el subsidio. No tiene nada que ver que trabajes o no, es una facultad que se arrogan ellos y por eso viene destacado en mayúsculas. No conozco ninguna póliza que cubra las algias sin prueba diagnóstica. Tampoco ninguna que cubra problemas mentales o depresión. Si tu conoces alguna compartelo. A mi me gusta el baremo porque sé lo que voy a cobrar y lo cobro todo junto y puedo seguir trabajando. Eso la baja real no me lo da. Si a ti si, me alegro por ti. Tu negocio va mejor que el mio. Y prefiero el seiscientos. Es más bonito y sobre todo mucho más útil
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kimdeal 28/11/16 17:49
Ha respondido al tema Seguros Órbita
Has malinterpretado mi mensaje completamente. Tu exposición no me dio ninguna información nueva, conocía todas esas limitaciones y exclusiones de la póliza. No he dicho que las pólizas de baja real sean peor que las de baremo ni la de órbita Para conducir solo por ciudad es mejor un seiscientos que un Ferrari. Por eso cada uno tiene que contratar aquello que mejor se ajuste a sus necesidades. Algunos necesitarán un baremo puro, algunos baja real y otros un sistema mixto. Mi consejo venía a raíz de este comentario tuyo "Que un producto de baja real es más caro,posiblemente si,en torno a 150 euros más al año,tampoco es lo mismo un seiscientos y un Ferrari. Prefiero pagarlos y quedarme tranquilo,porque con lo que nunca jugaré es con el pan de los míos. Los seguros de baja real tienen también sus limitaciones y exclusiones y "para no jugar con el pan de los tuyos" es bueno que te informes de lo que apuntaba y de más cosas que seguramente se me escapen. No vaya a ser que te encuentres con párrafos como estos de la que se considera la mejor póliza de baja real del mercado (al menos es la más vendida) REGLAS aplicables para el devengo del subsidio diario: a) En todas las enfermedades o accidentes el Asegurado deberá recibir asistencia médica facultativa y seguir de forma continuada el tratamiento médico necesario para la curación del proceso. Por ello, a los efectos del presente contrato, será causa expresa de suspensión del devengo del subsidio diario la permanencia del Asegurado en lista de espera, hasta ser sometido al tratamiento médico necesario. b) La alteración del estado de salud debe impedir temporalmente al Asegurado, de manera clínicamente explicable, el ejercicio de la actividad laboral o profesional de forma TOTAL. Cesará el derecho al devengo del subsidio en el momento en que el Asegurado pueda reanudar sus actividades profesionales o laborales habituales, INCLUSO DE FORMA PARCIAL, aun cuando no haya alcanzado su total curación. O esta otra también de una compañía muy conocida en su apartado de exclusiones d) Los procesos patológicos que tengan como manifestación única dolor, algias o vértigo, sin comprobación y/o no objetivables por pruebas de diagnóstico. Y una tercera también muy potente en el sector de seguros de subsidios por ILT 5.1. RIESGOS EXCLUIDOS Quedan excluidos de las garantías del presente contrato de seguro, y por tanto, no darán derecho a indemnización alguna los siguientes hechos causantes: a) Cualquier alteración del estado de salud, crónica o no, lesión o defecto constitucional de origen anterior a la fecha de efecto de la póliza, y sus consecuencias. b) Los procesos patológicos manifestados exclusivamente por dolores, algias o vértigos, es decir, sin otros síntomas objetivos médicamente comprobables. c) La depresión, el estrés, la fibromialgia o síndrome de fatiga crónica, el síndrome del quemado o ‘burnout’, las enfermedades psicosomáticas, y cualquier forma de trastorno mental. A pesar de las exclusiones contenidas en el apartado 5.1 anterior, excepcionalmente, se establece la cobertura de los siguientes supuestos, a los que no se les aplicará la exclusión que se indica y se les descontará la posible franquicia que tuvieran contratada: Las algiopatías sin otros síntomas objetivos médicamente comprobables tendrán una indemnización máxima de diez días y los vértigos sin otros síntomas objetivos médicamente comprobables tendrán una indemnización máxima de cuatro días. (no se aplica la exclusión 5.1.b). Somos más los que nos leemos varios condicionados antes de contratar un seguro
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kimdeal 28/11/16 16:39
Ha respondido al tema Seguros Órbita
Consejo: cuando pidas información sobre las pólizas de baja real que te expliquen cómo funciona el tema de las visitas de sus peritos médicos, qué es eso del alta que te pueden dar porque para ellos ya no estás incapacitado totalmente para la actividad laboral aunque tu médico de cabecera te diga que aun tienes para 2 meses más de baja laboral, cómo cubren las algias y las depresiones, qué es eso del baremo interno de duraciones estimadas de bajas laborales. No vaya a ser que luego tengas que venir al foro a echar pestes de alguna compañía que te ha pasado su condicionado
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