Tiene que dártelo, también lo tendrá la mutua lo que ahora las empresas están obligadas a dárselo al inns, al principio de la IT.Pero te puedes informar a un sindicato mejor, nosotros lo podemos sacar de la empresa por la intranet online, pero un sindicato te informará mejor, pero la empresa si tiene que dártelo.De todas maneras en la otra baja yo pasé por el Icam aquí en Barcelona y ya sabían las funciones que yo hacía en mi puesto de trabajo.Buenas noches
Hola Maria,Si están obligados a dártelo, lo que el inns también tendrá tu CNO, es el documento que te acredita el grado imbalidante de tus patologías en el lugar de empleo.Este número lo encontrarás el el primer día de la baja, parte izquierda del parte IT.Ahora lo que pide el inns una vez caes de baja ellos mandan el parte a la empresa y les pide tu profesiograma, para ellos tener en cuenta si debes de seguir de baja o no.https://revista.seg-social.es/-/novedades-incapacidad-temporal
Si..si imagino que se lo abra hecho el abogado, lo que creo que preguntaba es lo del tema de alegaciones eso es por si tu quieres alegar.El pago directo si que tiene que rellenar y mandarlo.
Maria,Para subir nuevos informes médicos, adjuntas los informes y junto el número de Exp.IP tuyo.https://prestaciones.seg-social.es/servicio/presentar-informes-medicos.html?categoria=incapacidad-temporal
Hola Maria,Este documento se envía a todos en general al cumplir los 545 dias de baja, es para que pidas el pago directo y pongas tus alegaciones escritas que es lo que te pasa y tus puestos de trabajos que has ido haciendo y el actual, si no lo rellenas no pasa nada.En cuando a la alta, tienen que avisarte mediante SMS, dehu o cartacertificada.No te preocupes ahora empezarás un expediente de IP y hay que tener paciencia.