Lautner
07/02/26 17:29
Ha respondido al tema
Nueva promoción ING Cuenta Nómina 400€
Les escribí un email poniendoles finos (con educación), recordándoles que deben ceñirse a la legalidad tras una supresión de datos. Y que en base a su respuesta (o falta de ella) se tomarían las siguientes medidas (denuncia ante la AEPD).Que no es tolerable que, tras ejercer nuestros derechos a hacer una supresión de datos al darnos de baja, ello suponga que para una nueva alta el sistema por defecto bloquee a los clientes que han realizado una supresión de datos impidiéndoles darse de alta como nuevo cliente (lo cual va contra la norma), y que en el SAC soliciten hacer un "desbloqueo" de la supresión de datos (motivo por el cual Kutxabank ya fue multado por la AEPD) y que además era un sin sentido ya que una supresión de datos realizada correctamente no puede luego revertirse, lo borrado o suprimido ya lo está y por no tanto no se puede revertir.Así que en ese mail se expone la situación, que en el pasado fuimos clientes de ING, hicimos uso de nuestro derecho a la supresión de datos, y que ahora al tratarnos de dar de alta de nuevo, el sistema no nos deja.Se les puede recordar este caso: Caso real: Iberia Cards sancionada En marzo de 2025, la AEPD sancionó a Iberia Cards con una multa de 20 000 €, reducida a 16 000 € por pago voluntario. La razón: utilizar datos personales bloqueados de un antiguo cliente para denegarle acceder a una promoción de "nuevo cliente" (Economist & Jurist, Baylos, Zabia Abogados).Los hechos, resumidos: En noviembre de 2022, un usuario canceló su tarjeta y solicitó supresión y bloqueo de sus datos. En octubre de 2023, quiso solicitar una nueva tarjeta con beneficios para nuevos clientes, pero Iberia Cards accedió a sus datos bloqueados para verificar que ya había sido cliente y, por ello, denegar la promoción (Baylos, Auditoría y Protección de datos). La AEPD consideró que ese uso era ilegal, ya que los datos bloqueados solo pueden emplearse para fines como atención a autoridades judiciales, no para decisiones comerciales (Baylos, Zabia Abogados). ¿Por qué es relevante? Este caso es un precedente directo y muy esclarecedor sobre tu situación:Una vez solicitas supresión y bloqueo, la entidad solo puede usar tus datos para obligaciones legales o judiciales, no para marketing ni promociones.Utilizar esa información para negar promociones de “nuevo cliente” constituye un tratamiento ilícito conforme al RGPD. Lo que puedes hacer Evidencia clara: Si un banco (como ING) te niega una promoción de nuevo cliente por haber sido previamente cliente, eso podría considerarse ilegal, como en el caso de Iberia Cards.Ejercicio de derechos: Puedes solicitar formalmente la supresión/bloqueo de tus datos. Si aun así te excluyen de una promoción, presenta reclamación ante la AEPD (de forma temporal mientras conservas tus derechos bloqueados para las obligaciones legales). Cita la resolución:Haz referencia al caso de Iberia Cards como precedente sancionador: “La AEPD consideró ilegal consultar datos bloqueados para denegar promoción de nuevo cliente, impuso sanción de 20 000 €, reducida a 16 000 €” (marzo–mayo 2025).Asesoramiento legal: También puedes valorar fallback legal o mediación si consideras que tus derechos están siendo vulnerados. Conclusión práctica Sí, tiene total sentido ejercer tus derechos de supresión y bloqueo, y plantarte si la entidad los utiliza para fines comerciales —como denegar una promoción— más allá de lo permitido legalmente. El caso de Iberia Cards te da una base sólida para argumentar tu reclamación. Aqui la resolución: https://www.aepd.es/documento/ps-00176-2024.pdf Y recordarles también que los gestores telefónicos NO PUEDEN solicitar el "desbloqueo de esos datos, recordándoles esta otra resolución:https://www.aepd.es/documento/ps-00473-2020.pdfResumen de esta otra resolución: Resulta que Kutxabank hacía firmar lo siguiente —> "Que con la firma del presente documento revoco el derecho de supresión que ejercité en el pasado y autorizo a que mis datos de carácter personal sean desbloqueados y puedan ser utilizados por la entidad para el mantenimiento y desarrollo de la relación establecida entre las partes. "(el subrayado es de la AEPD.)A lo cual la AEPD responde: EL RGPD no prevé que el derecho de supresión se pueda revocar. La reclamada confunde el derecho de supresión con uno de los efectos que puede producir la supresión de datos, que en relaciones contractuales suele ser la de supresión con efectos de bloqueo de datos, esto es, limitados a expensas de posibles responsabilidades (para atender posibles reclamaciones civiles derivadas de la relación mantenida con el interesado o requerimientos de información en investigaciones tributarias, penales o de prevención de blanqueo de capitales, por ejemplo).Además, el hecho de que estos datos estén bloqueados no es obstáculo para que con un fin o propósito nuevo o distinto del anterior, se vuelvan a tratar los datos, para lo que no es necesario y mucho menos obligatorio, rescatar o revocar los datos que se habían suprimido de otra relación previa. Cuando se establece una nueva relación contractual con la entidad financiera, no cabe recuperar los datos suprimidos y, en su caso, bloqueados. El conjunto de dichos datos responde a una relación jurídica anterior con su fecha de inicio y fin, y con sus finalidades, bases jurídicas específicas y tratamientos relacionados con el desarrollo de dicha relación. Para el que quiera leer donde se debatió y resumió el tema: www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/6015779-como-aumentar-tus-ingresos-bodega-tintos-experiencia-compartida-cuentas-bancarias?page=2158#respuesta_7070564y aquí: www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/6967972-nueva-promocion-ing-cuenta-nomina-400?page=114#respuesta_7147380Resumen: ya con toda esta información cada cual debe mandar un mail a ING desde el mail que hemos usado para ser clientes, bien elaborado, con nuestros datos (nombre completo, DNI) , recordándoles sus obligaciones y nuestros derechos, toda comunicación quedará registrada y deben responder. Y en base a su respuesta (que deberá ser positiva para nuestros intereses por su bien) ya se podría escribir a la AEPD y se les caería el pelo a parte ya si de si estar obligados a readmitirnos como clientes pese a la supresión de datos. Email: servicio.ing.defensa.cliente@ingbank.com