No te pueden embargar nada si el total de lo que cobras no supera el salario mínimo interprofesional, distinto es que lo que te hayan retenido sea algo de comisiones con el banco, algún crédito con ellos y demás...que si lo hablas con ellos te lo devuelven si fuera ese el caso ( comisiones) ..si no pues se lo tendrás que reclamar judicialmente. 🍀
Nada..nada Manolo que cobre el día 7 tal y como él aseguraba y lo done 👌😆 y para que veáis que lo de los días hábiles...bla..bla los bancos se lo pasan por el forro
Y sin más me despido de Manolo no sin antes desearte que tal y como has estado afirmando y reiterando en este foro una y otra vez.. que se te cumpla lo que dices y a ti te paguen el día 7. Y lo dones .Suerte Manolín!! Cosita!🙄
Espero que aunque se haya evaporado que cuanto menos se haya llevado una buena lección y que aquí sobran los que entran a intentar vacilarnos a estas alturas de la vida...ome ya!!