Adjunto la factura. No se si habría la posibilidad de comprobar si el importe es correcto para cada uno de los aranceles. Esto que adjunto es solo el 50%, ya que como decía somos 2 propietarios.
Me refería a que el abogado tiene herramientas para poder comunicarse con el ocupante, aún sin saber la identidad. No se si a este proceso se le llama requerimiento. El proceso anterior a iniciar el deshaucio por precario. En mi caso como no sabemos si tiene contrato de alquiler, que suponemos que no lo tiene, quizás si que sería interesante ese contacto previo.
Por lo que he escuchado, en el caso de que se desconozca la identidad del ocupante, se lleva a cabo un requerimiento judicial, pero no se de que forma. No se si alguien conoce como se hace en estos casos. De todas maneras también leí, que con el fin de evitar estas situaciones, la justicia contempla que no se un requerimiento necesario previo a inicial un deshaucio por precario el comunicar con anterioridad por burofax.