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Participaciones del usuario Marina Perales - Hipotecas

Marina Perales 26/01/16 09:25
Ha respondido al tema Comisiones al comprador de Tecnocasa
Buenos días, Normalmente las inmobiliarias suelen funcionar así y si la casa la has encontrado por medio de ellos y la tramitación ha sido por medio de la inmobiliaria tendrás que abonar dicha cantidad si esas son sus condiciones...
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Marina Perales 26/01/16 09:19
Ha respondido al tema Múltiples errores de SERVIHABITAT y empresas asociadas con un coste económico elevado
Como bien explicas y como sucede en la mayoría de contratos de compraventa de viviendas es habitual que en la escritura pública de compraventa ante notario se celebre entre las partes un contrato de señal, en el que el vendedor se compromete a no vender la vivienda y el comprador se compromete a entregarle una cantidad de dinero (parte del precio de la vivienda). Muchas veces se suele pactar que si la compraventa en un futuro no se efectúa por causa del comprador perderá la señal, y si es por parte del vendedor devolverá el doble de la cantidad entregada en concepto de arras o  señal. Pero esto se debe pactar entre las partes. Normalmente cuando se hace un contrato de arras o se entrega una cantidad de dinero en concepto de señal se suele hacer, creo que no es tu caso, un documento de opción de compra en el que figure expresamente que el crédito solicitado al banco queda condicionado a la compra de la vivienda. Por tanto, en primer lugar tienes que comprobar que en los documentos donde se recoge que entregaste una cantidad de dinero en concepto de señal en cada una de las operaciones constaba que en caso de no venderse finalmente por causas del vendedor, éste tendría que devolver el doble de lo entregado. Y posteriormente comprueba que no firmaste el documento con opción a compra donde figure que el préstamo hipotecario queda condicionado a la adquisición de la vivienda.
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Marina Perales 21/01/16 15:58
Ha respondido al tema El banco no quiere firmar la hipoteca
Como consejo no te recomiendo que firmes en régimen de gananciales cuando realmente tú ya estás en separación de bienes. En tu caso pospondrá la firma para cuando tuviera las capitulaciones y plantearle a ING si podrías presentarle copia de que dichas capitulaciones ya están pedidas.
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Marina Perales 21/01/16 09:52
Ha respondido al tema Calcular la extinción de condominio - gastos. - Extinción de condominio
 Cómo no tenéis hipoteca no hay que avisar al banco con la que tenéis el préstamo hipotecario. En caso contrario, si se debería avisar al banco de que se va ha hacer una extinción de condominio para que éste acepte dicha subrogación, de no aceptar, ambas partes responderán ante el banco. No siendo el caso pasemos a los gastos que tiene que pagar cada una de las partes: La parte que se queda con la totalidad del inmueble tendrá que pagar el ITPAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) que tributa al 1,5% sobre el valor real de los bienes que integran la comunidad. Tanto vendedor como comprador tendrán que declararlo en el IRPF. Y el vendedor tendrá que pagar la plusvalía municipal o IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. En cuanto a los gastos de notaría y registros en el Registro de la Propiedad corresponden al vendedor, tal como indica el CC.Puedes ver los gastos en https://www.rankia.com/blog/mejores-hipotecas/3405165-gastos-impuestos-extincion-condominio
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Marina Perales 21/01/16 09:31
Ha respondido al tema Hipoteca de piso al 40-60, no casados y yo sin ingresos. Hacienda?
Si en todo el año fiscal no has obtenido rentas, o no has obtenido rentas suficientes no tienes que hacerla; a menos que quieras ejercer el derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual, en dicho caso si que tendrías que hacer la decalarción de la renta.   Un saludo
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Marina Perales 21/01/16 09:27
Ha respondido al tema Impugnación testamento por coacción - Herencia
A pesar de que la ley prevé que un tercio de la herencia tendrá que ser indiscutiblemente para los herederos forzosos, donde entran los hijos, también prevé una serie de causas de indignidad pra suceder y de desheredación. Te digo esto porque igual puedes estar en una de estas situaciones. Art. 852 CC, Son justas causas para la desheredación, en los términos que específicamente determinan los artículos 853, 854 y 855, las de incapacidad por indignidad para suceder, señaladas en el art. 756 con los números 1º, 2º, 3º, 5º, y 6º. 1º.- Los padres que abandonares, prostituyeren o corrompieren a sus hijos.  2º.- El que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes. Si el ofensor fuere heredero forzoso, perderá su derecho a la legítima.  3º.- El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.  5º.- El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo. 6º.- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior”.   En cuanto a las pruebas para impugnar el testamento, aunque hay una vía para impugnar, la practica deja ver que salvo que sean casos muy claros no suelen impugnar ninguna herencia. Suelen ser impugnadas con pruebas de testamento ológrafo donde la letra o la firma no era la del fallecido, si hay testigos en el momento de la coacción, etc. Pero suele ser muy improbable que se obtenga sentencia favorable.
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Marina Perales 22/12/15 18:00
Ha respondido al tema Cambio de hipoteca
Supongo que la hipoteca la tendrás a unos 30 años,si dices que en 4 años con este diferencial recuperas la penalización que vas a tener que pagar, subrogate. Como dices no se cambia de hipoteca cada año u¡y medio. En el resto de bancos te dejarán subrogarse  los 3 años de antigüedad mínimo (supongo) y es probable que dentro de 3 años los diferenciales hipotecarios sean más elevados que los actuales, entonces ya no te valdrá la pena hipotecarte. Aprovecha ahora que los diferenciales son bajos. Un saludo
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Marina Perales 22/12/15 11:18
Ha respondido al tema Mejorar tasación de un local comercial
Normalmente cuando se tasa un local o una vivienda siempre suele ser para venderlo... Es cierto que todo influye, pero personalmente no soy partidaria de mentir, y menos en este tipo de documentos. Puedes quitar el cartel, pero si pregunta la finalidad de la tasación deberás decirle que es para una posterior venta.
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