Nada, la casilla [609] son justamente 892,09. Aun así, sigo sin entender en qué caso me beneficiaría de la deducción por nacimiento. Me explico, entiendo que esta devolución de 890€ es debido a que en las nóminas recibidas se me ha retenido de más, y esto es un ajuste, es decir, al final se busca que estés en "deuda" con hacienda, ya sea mediante devolución o mediante pago. Entonces, ¿dónde entra aquí la deducción de los 270€? Si me hubiesen retenido lo "justo" en la declaración me saldría 0€, o si me hubiesen retenido de menos me saldría a pagar X dinero, entonces, ¿es en esos casos cuando sí valen las deducciónes? Si fuese así, no lo vería justo (entiendo que no será así pero mis conocimientos sobre el tema son muy básicos).Saludos!
Buenas,a primera vista no veo en los requisitos que se mencione un límite en cuanto a retención. Sin embargo sí menciona no superar los 25.000€ la suma de las casillas [500] y [510] (que ni de lejos alcanzo).En cuanto a tu comentario, ¿las retenciones te refieres a la casilla [609]?Saludos
Bien, lo de donación lo puse porque pensábamos que sería la vía más sencilla, ya que todos los familiares estamos de acuerdo en unificar las acciones a una única persona.Si vamos por la vía de la compra-venta de acciones, ¿cuáles serían los pasos a seguir? (modelo de compra-venta, ir a notario, ir a la empresa (es una S.A.), ...)Muchas gracias.