Puedes comprar las dos partes sin problema. Si solicitas préstamo hipotecario, a tu suegro le pedirán que hipoteque su parte aunque no sea deudor. Tú serás deudor e hipotecante y tu suegro hipotecante no deudor, es decir, tú pagas las cuotas pero la garantía es la vivienda completa.
Buenos dási,
En principio si, pero tu padre tendrá que firmar como hipotecante no deudor, es decir, no es titular del préstamo pero pone como garantia su mitad de la casa y la hipoteca recae sobre la totalidad de la finca.
Un saludo
Hola Amedrano,
¿Tienes pensado devolver ese dinero? Si no tienes pensado, que es lo que entiendo, es una donación, un préstamo estás obligado a devolverlo.
Si ahora compras tú y luego os casáis en gananciales, puedes hacer una aportación a la sociedad de gananciales, pero tienes que hacerlo no se hace automáticamente por casarte.
Saludos.
Hola de nuevo,
La aportación a sociedad conyugal está exenta de AJD. A mí manera de ver, obviamente el notario te podrá informar mejor, en tu caso lo ideal sería hacerlo por este orden: extinción de condominio y aportación a la sociedad de gananciales ( creo que podrías hacerlo en un único documento público ) y luego el préstamo hipotecario para hacer frente al pago de las partes de tus familiares.
Un saludo.
Buenos días,
Creo que la operación que quieres realizar es una extinción de condominio: Tus hermanos, padre y tú extinguis el condominio quedandote tú con la totalidad del bien en privativo, si quieres incluir a tu marido tendrás que realizar posteriormente una aportación a la sociedad de gananciales para que no se entienda como una venta por parte de tus familiares a tú marido.
El banco no deberia ponerte problemas, es una operación normal, un préstamo hipotecario normal.
La extinción tributara por AJD al tipo estipulado en tu comunidad autonoma. Te recomiendo mirar la nueva sentencia.
https://www.fiscal-impuestos.com/tributacion-ajd-actos-juridicos-documentados-extincion-condominio-sentencia-supremo-fija-jurisprudencia.html
En cuanto a la plusvalia, al ser un impuesto municipal depende del ayuntamiento, tengo entendido que algunos si generan carta de pago cuando presentes la transmisión en el mismo (aunque creo que no es lo correcto en las extinciones), y otros solo tienes la obligación de presentarla y solo solicitan pago en la futura transmisión que exista. Lo mismo ocurre al no existir plusavlia como tal, (precio de adquisición actual menor al del titulo de propiedad), te recomendaría que intentases nformarte directamente en tu ayuntamiento
Un saludo
Hola Agapito, tendrás que ver con que condiciones firmaste el préstamo hipotecario. Normalmente se aplican bonificaciones por tener productos contratados con la entidad, si cambias la nomina puede ser que te suba el tipo de interes al no cumplir algún requisito pero tendrás que comprobarlo con tu préstamo.
Un saludo
Buenas tardes ,
Es en Castilla la Mancha ? Si es asi,puede deberse a haber tomado como base el valor de tasación o el valor de la Junta para evitar futuras complementarias por parte de la administración.
Pero como te recomiendan en la respuesta anterior,mejor que te lo detallen y asi evitar suposiciones.
Un saludo
No hay pedido minimo, pero ten en cuenta que ahora son 8 euros. El código es válido también para UBER VTC (trasnporte) pero en ese caso solo son 5 euros.
Saludos