Entiendo, Enasua. Te agradezco la respuesta; ya me quedo más tranquilo. Raro será que Hacienda no me ofrezca la posibilidad de pagar telemáticamente; todas mis declaraciones las abono de forma electrónica. Pero no hay problema por mi parte en acudir al banco, faltaría más. Entiendo que sólo debo esperar a que ellos vuelvan a contactarme con esas cartas de pago. No voy a estar tranquilo hasta que esto no se resuelva.
Un usuario de otro foro me ha resuelto la duda, y me parece buena idea pegar aquí su respuesta, para que otras personas con este problema puedan solucionarlo:Cuando rellenas los datos de la actividad económica, donde se abre la ventana para poner los ingresos, abajo hay una pestaña que pide: RETENCIONES A CUENTA DEL IMPUESTO RELATIVAS A LA ACTIVIDAD, ahí las tienes que poner, y esa cantidad, (que es lo que te hayan retenido, y que además debe aparecer en tus datos fiscales, si tus clientes han pagado a hacienda las retenciones como les corresponde) se traslada sola a la casilla 0599.
Gracias, Juan. Eso mismo interpretaba yo, pero como soy un ignorando en estos temas, me ha confundido eso de "Girar la liquidación provisional que se adjunta a este acuerdo". De primeras he pensado que debía devolverles el dinero que salió a ingresar en beneficio mío, para que ellos me lo retribuyeran de nuevo, ¡fíjate qué disparate! Como la burocracia es a veces tan loca, pff.
Lamento las molestias, pero creo que me hice un lío. Ahora entiendo que la notificación no tiene nada que ver con el modelo 190, sino con la Renta de 2019. Es cierto que yo hice una declaración rectificativa, pero no entiendo qué datos me solicitan en este comunicado. En la rectificación que hice, además, no hubo cambios significativos; cambié de casilla las cuotas de la seguridad social (la pase de 'Seguridad Social a cargo de la empresa' a 'Seguridad Social o aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad') y el resultado de la declaración era el mismo en ambas declaraciones; pero claro, me pareció correcto rectificar.Pero entonces, ¿qué "hechos, razones y petición" pretende Hacienda que le detalle?, ¿quieres que les explique esto mismo en una carta? No sé cómo proceder.Gracias, y mil perdones por el tocho : )
Gracias por tu respuesta, Cachilipox. ¿Debería contactar a Hacienda y explicarles que yo no he solicitado ninguna rectificación? En el documento me dan 10 días hábiles para resolver el asunto.
Hola, @
Juan Lackland. ¿Estás seguro? ¿No será que tributa por módulos o algo así? Como yo tributo por estimación directa simplificada y hay otras formas, quizá ese sea el caso de este proveedor, ¿no es posible y decididamente se ha equivocado?
Gracias por tu respuesta,
Cachilipox , pero no lo entiendo. El IVA de las compras se le restaría al IVA de las ventas, por ser uno el Soportado y el otro el Repercutido. No sé por qué tú lo sumas. Por otra parte, ¿has contemplado el IRPF? Este impuesto no lo pago yo, pero sí engrosa la base de las facturas, al igual que el IVA.
Pregunta: ¿Está presente el IVA (o su par fuera de UE) o el IRPF en las facturasa fuera de la UE? Digamos por ejemplo, una factura de compra de un servicio a un proveedor en Argentina. ¿Su facturía estaría compuesto por una base y yo, en España. debería hacer la inversión del sujeto pasivo, no?
Gracias por tu paciencia.