Ha recomendado
Hola, Kickeo, en un país oficialmente "de pobres crónicos", donde llegó a sonar
de
Jotaerre
Pecks27/04/22 14:37
Ha recomendado
(O por el VR, si este es inferior al precio más cargas anteriores, recuerda;
de
Jotaerre
Pecks31/03/22 23:00
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Chat de subastas
Entiendo que eso lo vas a recurrir. Y si hace falta, judicialmente.
Pecks23/03/22 16:10
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Chat de subastas
Uno que yo sé te va dar un coscorrón por haberte olvidado de Cataluña, jejeje.... Igual te digo, no notificas nada a nadie si no quieres.
Pecks23/03/22 16:07
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Chat de subastas
Busca información aquí en el Blog sobre retracto de comuneros, hay bastante información. Pero NO hay obligación alguna de notificar.
Pecks23/03/22 13:22
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Chat de subastas
En el caso de Charly no son inquilinos........ Sería en todo caso retracto de copropietarios. Y ahí la cosa es distinta, nada que ver.
Pecks22/03/22 19:26
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Buenas, tarde o temprano, alguien tendrá que pagar esos dos conceptos:El ITP
de
Jotaerre
Pecks21/03/22 13:29
Ha recomendado
Buenas, y por supuesto, aunque confío en que quien resuelva tu petición tenga
de
Jotaerre
Pecks20/03/22 13:19
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Buenas, y con permiso: entonces, el problema es que se aprovechan de la buena
de
Jotaerre
Pecks18/03/22 14:26
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Chat de subastas
La ley y el Reglamento es claro.No sé que maldito enredo se tiene la gente de un tiempo a esta parte con ese tema.
Pecks18/03/22 14:24
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Buenas, solo me refería a que hay registradores que tienen más manga ancha,
de
Jotaerre
Pecks25/02/22 20:56
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El negocio de las SUBASTAS es tan SENCILLO que cualquier tontaina podría hacerlo bien
Puja lo que consideres oportuno.Si te lo aprueban bien. Y si no es aceptado, tienes el dinero para ir a por otra.Está complicado pero prueba por ti mismo y verás. Así aprendes y coges experiencia.
Pecks20/02/22 19:36
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Te contesto Mrmmuh9.El documento lo presente directamente en la oficina de la
de
Charly1974
Pecks16/02/22 22:09
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Chat de subastas
Hice una búsqueda y puede que haya encontrado un trámite online para presentar el recurso:https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/recurso-apelacion-honorariosNo estoy 100% seguro, pero tiene pinta de que es el camino adecuado. Se puede presentar con certificado digital. Y ojo, que hay un plazo de 10 días desde que se recibe la resolución del Colegio de Registradores, tal como indica el RD de los Registradores.
Pecks16/02/22 21:52
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Chat de subastas
Las Resoluciones del Colegio de Registradores las puedes recurrir ante la DGRN. Lo dice su propio arancel (norma 6ª). Yo no lo he hecho nunca y poco te puedo ayudar, pero que existe esa posiblidad es un hecho.
Pecks16/02/22 21:26
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Chat de subastas
Así es.Es lo que se entiende de la Norma 3ª del Anexo II. Aunque esté escrito de "aquella" manera y provoca confusión, pero el fondo quiere decir eso.
Pecks16/02/22 21:23
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Solo una correción, "La base para cancelación de embargos sí es el importe de
de
Jajavi
Pecks16/02/22 21:10
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REACHER-Vamos a darte una tunda...-Pues yo voy a romper 3 brazos...-Somos 4...-
de
Jotaerre
Pecks16/02/22 21:07
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¿Y no reclamaste directamente a la DGRN?No reclamar a los oficiales, ni al Registrador, ni al Colegio de Registradores, ni gaitas.......directamente a sus fejes supremos, la DGRN. O como se llama ahora realmente, que nunca me acuerdo: la DGSJFP ( La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública). Lo he tenido que buscar porque vaya "nombrecito".
Pecks11/02/22 12:04
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Buenas, Charly, aparte de lo que te dice Pecks (un Decreto es de rango menor
de
Jotaerre
Pecks10/02/22 23:56
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Vamos, que la funcionaria ha hecho contigo lo que ha querido. Y por sus santos ovarios te aplicó lo que le dio la gana.Los Reglamentos desarrrollan y complementan las leyes, por algo existen.Recuerda que el impuesto es autoloquidable y es el sujeto pasivo quien paga lo que considere que es correcto. Ya después la Administración puede hacer comprobaciones posteriormente, o no.
Pecks25/01/22 21:05
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Cuando lo barato sale caro en las subastas judiciales
La inscripción en el Registro no es obligatoria, es opcional.Una propiedad adquirida en subasta (de cualquier organismo) te otorga un título de propiedad que tiene la misma validez y eficacia que una escritura notarial.
Pecks10/01/22 19:31
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Como no conozco al tal Don Hector, pues me dirijo a usted Señor Tristán de
de
mfmelo
Pecks05/01/22 13:43
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NO MIRES ARRIBABuenas, y más le vale a Rollo Tomassi y la DGSJyFP, porque el
de
Jotaerre
Pecks03/01/22 20:59
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Eso lleva así toda la vida. O al menos hace ya bastantes años..........Lee bien, detenidamente, toda la Ley del ITPAJD y también su Reglamento.