Gracias compañero, pregunté a un abogado y efectivamente se puede desgravar la rebaja total de los meses de marzo abril y mayo de 2020, poniendo el total rebajado en la casilla número 0157 junto al DNI del arrendatario.
Entonces, si por ejemplo me llevo 4 meses sin cobrar alquiler, voy a tener que pagar exactamente lo mismo que si estubiera cobrando las mensualidades?. Es absurdo no ? .