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Rucko

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Rucko 18/11/24 08:15
Ha respondido al tema Donacion vivienda
No tienes la propiedad, tienes la nuda propiedad que por supuesto puedes donar a quien quieras. Tu marido seguirá teniendo el usufructo. No puedes dar algo que no tienes. 
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Rucko 17/11/24 22:09
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2023: análisis, opiniones y consultas
La gestora no tiene los fondos, los tiene el depositario. El depositario tiene los fondos separados en su balance. En teoría no es posible que estos fondos desparezcan salvo por los riesgos intrínsecos a la inversión. Lo que sí puede suceder es un fraude, en caso de fraude del depositario si podría incurrirse en pérdida. Ese es el riesgo que cubre el fondo de garantía de inversiones. 
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Rucko 17/11/24 01:26
Ha respondido al tema Que declaracion debo hacer si esatoy fuera de españa
Cánada mantiene convenio para evitar la doble imposición. Si vives en Canada desde 2020, no deberías hacer la declaración de la renta en España como residente, de hecho no deberías haberla hecho en los años anteriores.El rendimiento de los fondos y acciones lo deberías declarar (haberlo declarado) en Canada. El inmueble debes declararlo en España cada año y antes del 31dic. mediante el 210 (IRNR). Declaración de no residentes. La renta que tendrás que imputarte será el 2% del valor catastral si el municipio no ha tenido revisión catastral en los últimos 10 años ( lo más probable, en caso contrario será el 1,1%). Al ser residente fuera de la UE te aplicarán el 24% sobre esa renta. De los ingresos que obtienes en Canada, nada que declarar en España. Deberías comunicar a tu banco el cambio de residencia fiscal y también deberías haberlo hecho a hacienda. 
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Rucko 16/11/24 18:53
Ha respondido al tema Que declaracion debo hacer si esatoy fuera de españa
Si tienes residencia fiscal en España debes hacer la declaración de la renta mediante el modelo 100. Si no tienes residencia fiscal en España, deberás presentar el Impuesto de la renta de no residentes mediante el modelo 210. 
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Rucko 16/11/24 09:56
Ha respondido al tema Modelo 720 - uenta conjunta
En ese caso no se entiende tu afirmación y puede inducir a error:También hay diferencias entre cotitular y autorizado a nivel fiscal. Los cotitulares poseen propiedad de los fondos a partes iguales y, por lo tanto, deben informar de la parte correspondiente en su declaración anual, mientras que los autorizados no tienen obligaciones fiscales respecto de esa cuenta.
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Rucko 16/11/24 09:25
Ha respondido al tema Modelo 720 - uenta conjunta
La cotitularidad de una cuenta no implica copropiedad de los fondos depositados en ella. Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2000.-“los autorizados no tienen obligaciones fiscales respecto de esa cuenta”Los autorizados en cuentas en el extranjero tienen las mismas obligaciones de declarar que los titulares de cuentas en relación al 720. 
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Rucko 16/11/24 09:14
Ha respondido al tema Modelo 720 - uenta conjunta
Desde el principio se ha planteado como beneficiaria de una cuenta corriente. Es una figura que en algunos países recoge la persona que recibirá los fondos de la cuenta en caso de fallecimiento. No tiene nada que ver con el rendimiento de rentas vitalicias o seguros. Al menos, tal y como se ha planteado. 
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Rucko 15/11/24 18:25
Ha comenzado a seguir al usuario
Rucko 10/11/24 11:44
Ha respondido al tema Qué hacer con fondos de inversión y PP en España al cambiar la residencia fiscal a Georgia
Dependerá del convenio para evitar la doble imposición entre ambos países. Lo he mirado en diagonal y aparentemente solo tributaras en Georgia. Mejor lo confirmas. Deberás comunicar al banco en el momento en que tengas la nueva residencia fiscal y puedas probarla, en caso contrario te retendrán un 19%. Nos hemos cruzado la respuesta Sreko y yo.  (Añadido)
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Rucko 10/11/24 09:26
Ha respondido al tema Fiscalidad cripto
¿Puedes agrupar operaciones? Si, tantas como quieras, incluso mezclando pérdidas y ganancias. Hacienda recomienda agrupar lo menos posible, más fácil para ellos interpretar los datos. Lo único es que si te piden información adicional puedas adjuntarla y explicarla. Creo recordar que el máximo de operaciones posibles que puedes declarar es alrededor de 50.  
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