Acceder

Rucko

Se registró el 29/07/2018

Sobre Rucko

Salvo mejor opinión.
Publicaciones
727
Recomendaciones
52
Seguidores
579
Posición en Rankia
155
Posición último año
Rucko 21/03/25 00:26
Ha respondido al tema Porcentaje propiedad vivienda habitual padre
Donaciones va a pagar 0, ahora tendrás que calcular el valor del usufructo será el 12% del valor de mercado y tendrá que pagar en IRPF sobre la diferencia entre el 12% del valor declarado en la herencia( no se cual es) y el 12% del valor de mercado actual. De eso pagará alrededor del 20% de IRPF. Te faltaría añadir la plusvalía municipal sobre el 12% del valor del terreno aplicando el coeficiente de 2018 ( tendrás que verlo en el municipio).Ya solo quedaría añadir los gastos de notario. Esto tendrás que compararlo con el 37%x2%x215.000/2, unos  800 euros que es lo que le cuesta actualmente la renta imputada y ver cuántos años tarda en recuperarlo.  Salvo error de cálculo. 
Ir a respuesta
Rucko 20/03/25 17:16
Ha respondido al tema Porcentaje propiedad vivienda habitual padre
No se de que comunidad autónoma estamos hablando, en caso de donación hijos padres en algunas comunidades es prácticamente gratis, habría que ver también el impacto en IRPF y el marginal de la donante, habría que estudiar con calma la simulación. Podría ser interesante. 
Ir a respuesta
Rucko 19/03/25 15:23
Ha respondido al tema Convenio especial + subsidio 52
Tanto el efecto del convenio como el del subsidio los puedes comprobar en el simulador de jubilación. https://prestaciones.seg-social.es/simulador-servicio/simulador-pension-jubilacion.html
Ir a respuesta
Rucko 18/03/25 13:07
Ha respondido al tema Modelo 720 gananciales
Mi respuesta era para @diolermore , a tu pregunta te sigo contestando lo mismo, si estás en gananciales, el bien solo está a tu nombre y es un bien privativo, por ejemplo producto de una herencia, te declaras el 100% y tu marido no declara nada. 
Ir a respuesta
Rucko 17/03/25 14:31
Ha respondido al tema Modelo 720 gananciales
Perdón, me corrijo a mi mismo, tu titularidad es del 100% y el de tu mujer del 50%. Cuando la titularidad formal de un bien o derecho ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges (si están dentro del ámbito subjetivo de la obligación) tienen obligación de presentar la declaración.El cónyuge que no es titular formal deberá declarar como titular real de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.Por tanto, el cónyuge titular deberá consignar la condición de declarante “1.Titular”, y un porcentaje de participación del 100%. El otro cónyuge consignará la condición de declarante “8. Otras formas de titularidad real”, indicando un porcentaje de participación del 50%
Ir a respuesta
Rucko 17/03/25 14:11
Ha respondido al tema Modelo 720 gananciales
Si es tuyo, bien privativo y esta solo a tu nombre,  tu marido no lo declara aunque estéis en gananciales. 
Ir a respuesta
Rucko 16/03/25 16:00
Ha respondido al tema Modelo 720 gananciales
Todos los años, para los dos, no solo para ella, con los porcentajes de titularidad real que cada uno tenga. 
Ir a respuesta
Rucko 15/03/25 17:52
Ha respondido al tema Trabajo mantendrá este año la prestación de desempleo aunque los parados no presenten la declaración de la renta
Próxima declaración, a partir de abril, si estás obligada a declarar , tienes que declarar. Si no estas obligada a declarar no declares si no te beneficia. Próximo año, 2026, si las cosas no cambian y si estás obligada a declarar tendrás que declarar, si no estás obligada a declarar pero quieres mantener tu prestación, tendrás que declarar. Todo esto, naturalmente, si las leyes no cambian. 
Ir a respuesta
Rucko 15/03/25 11:13
Ha respondido al tema Préstamo entre particulares fuera del plazo de un mes
Que CA es? Es importante aportar el contrato y muy importante que figure interes 0 en el contrato si así se estableció. La presunción de hacienda será que te están cobrando intereses. Plazo de devolución es también importante. 
Ir a respuesta
Rucko 15/03/25 07:35
Ha respondido al tema Trabajo mantendrá este año la prestación de desempleo aunque los parados no presenten la declaración de la renta
Por ahora afecta a 2024, la declaración que comenzaremos a presentar este mes de abril. El decreto aprobado en 2024 incluía la obligación de presentar la declaración de la renta a pesar de que no se sobrepasasen los requisitos mínimos que obligan a su presentación (por ejemplo: si no se recibiesen más de 15.800 euros de más de un pagador no habría que presentarla). En estos casos, la no presentación no es sancionable dado que no hay obligación según la ley tributaria pero implicaría automáticamente la suspensión de la prestación.Con la nueva posición, aplicable solo a la declaración de 2024, si hay obligación hay que presentar la declaración, si no hay obligación no se presenta pero, aun así, se seguirá cobrando la prestación. El año que viene, si las cosas no cambian, aún no habiendo obligación, habrá que presentar la declaración o se suspenderá la prestación.Espero haberme explicado. 
Ir a respuesta

Lo que sigue Rucko

Top 100
Juan Lackland
Top 100
Cachilipox