Runo.
27/10/10 17:26
Ha respondido al tema Si el inqulino del local comercial hace meses que no paga, debo seguir declarando el IVA trimestralemente?
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Yo solo me he referido al IVA, nada a las retenciones por IRPF, en que efectivamente se ingresan cuando se retienen. Si no existe pago, no existe retención.
El tema no es otro, en lo referente al IVA, cual es la consideración DEVENGO. ¿Cuando deja este de producirse?. Para ello no hace falta ir a ninguna Delegación Tributaria. Ya te lo dice la normativa LIVA (Ver y estudiar Art.75 y siguientes).
Por lo tanto, dilucidamos en primer lugar si existe devengo o no, y después actuaremos conforme a la legislación vigente. Y sobre este punto exactamente, ya me he pronunciado sobre la consideración o no del posible DEVENGO. Esto es exactamente sobre lo que habria que opinar. ¿Cuando deja de producirse devengo?. Así de simple, no hay mas cera que la que arde. ¿La falta de cobro o impagados se interpreta cesación del devengo?. Bajo mi punto de vista, así sin más, no es suficiente. Y el hecho de no emitir recibo o factura, tampoco cesa el devengo, y por lo tanto la obligación de ingreso del IVA, por mucho que la AEAT indique lo contrario (que por otra parte, habria que conocer bajo qué condiciones efectuó la respuesta).
Y siempre, a ser posible, con la Legislación en la mano. La AEAT está para informar, aclarar, comentar, etc., pero no para sustituir a la legislación. Puede no estar en lo cierto en determinados casos, o no ajustados. Muchas veces, según como se pregunte.
Por lo tanto, aclaremos en primer lugar cuando cesa el devengo, y lo demás está chupao.
Saludos.