Esa web no es más que un medio de comunicación, me refiero a que no es nada oficial y de hecho en ese artículo dicen cosas que no son correctas, como lo siguiente:"Desde el pasado 9 de enero, todos los bancos y proveedores de servicios de pago que permiten hacer y recibir transferencias están obligados a ofrecer también transferencias inmediatas."En realidad el 9 de enero de 2025 era la fecha límite para que las entidades de pago de países miembros cuya moneda sea el euro implementaran lo contenido en el Reglamento, pero ¡ojo! sólo en lo referente a la recepción de transferencias inmediatas SEPA. En lo relativo a la emisión de transferencias inmediatas SEPA en países miembros cuya moneda sea el euro, el plazo límite para implementar las medidas es el 9 de octubre de 2025.Por lo que respecta a países miembros cuya moneda no sea el euro los plazos son otros.Cito el Reglamento:«Artículo 5 bisTransferencias inmediatas[…]8. Los proveedores de servicios de pago a que se refiere el apartado 1 que estén radicados en un Estado miembro cuya moneda sea el euro ofrecerán a los usuarios de servicios de pago el servicio de pago para la recepción de transferencias inmediatas en euros conforme con lo dispuesto en el presente artículo a más tardar el 9 de enero de 2025, y el servicio de pago para el envío de transferencias inmediatas en euros conforme con lo dispuesto en el presente artículo a más tardar el 9 de octubre de 2025.Los proveedores de servicios de pago a que se refiere el apartado 1 que estén radicados en un Estado miembro cuya moneda no sea el euro ofrecerán a los usuarios de servicios de pago el servicio de pago para la recepción de transferencias inmediatas en euros conforme con lo dispuesto en el presente artículo a más tardar el 9 de enero de 2027, y el servicio de pago para el envío de transferencias inmediatas en euros conforme con lo dispuesto en el presente artículo a más tardar el 9 de julio de 2027.[...]»A este respecto podemos ver por ejemplo un par de entidades muy conocidas:ING: reciben transferencias inmediatas SEPA sin coste (ya lo hacían desde mucho antes del 9 de enero). Pero a día de hoy no permiten transferencias inmediatas SEPA, ni con coste ni sin coste. Tienen hasta el 9 de octubre para implementarlo.BBVA: han implementado las transferencias inmediatas SEPA con los mismos costes que las normales pero todavía tienen aspectos del Reglamento por implementar y por ello a día de hoy tienen un límite de 900 € en las transferencias inmediatas SEPA. Tienen hasta el 9 de octubre para implementar el resto de cambios exigidos por el Reglamento.En cuanto a lo que nos atañe, Cecabank es un banco mayorista y quizá por ahí puede venir el tema. En la legislación no encuentro nada al respecto de si el nuevo Reglamento afecta e este tipo de entidades también.LEGISLACIÓN:Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 260/2012 y (UE) 2021/1230 y las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euros.
Efectivamente Cecabank es el banco custodio que usa HeyTrade. Cecabank es un banco mayorista que da servicio a otras entidades.En cuanto a lo de "no está en el grupo de entidades bancarias que admiten transferencias inmediata", ¿dónde ha visto esa información?
A lo que obliga la modificación del reglamento de la UE es a que las transferencias instantáneas SEPA tengan las mismas condiciones que las normales, en cuanto a comisiones te podrán cobrar lo mismo que las normales pero no más.Lo que ha entrado en vigor el 9 de enero es lo referente a la recepción de las trasferencias instantáneas, Lo referente a la emisión de las mismas entra en vigor el 9 de octubre.