Dado el número de consultas que me han realizado a propósito del post anterior, quisiera aclarar varias cuestiones, en primer lugar este blog exclusivamente tiene como finalidad exponer mi punto de vista sobre determinados temas relaciones con el mundo financiero, debatiendo el mismo con los usuarios de rankia.
Acotado lo anterior, tengo que destacar que mi única intención con el post anterior era llamar a la prudencia y evitar que mucha gente, probablemente desesperada, se lleve a equívocos al pensar que asociándose a la “Asociación de Consumidores de X”, que patrocina sus servicios jurídicos bajo títulos rimbombantes, podrían ver estimadas sus pretensiones, cuando lo cierto es que el tema dista de ser claro, estando, la cosa, “a mitades” (nadie se acuerda que aunque se estimó en primera instancia, finalmente, la demanda de las cláusulas suelo se desestimó...)
Se trata de un tema complejo, que deberá examinarse detenidamente, con las pruebas que se tenga, pues la contratación es casuística, pues dependerá lo que se hubiera firmado en cada caso, etcétera.
En definitiva, habrá que evaluarse bien las opciones disponibles, pues casi la mitad de casos se desestiman (y con costas), alejándose de cantos de sirena que incitan a pleitear “porque está ganado”.