Hace unos días, el Gobernador del Banco de España, Luis María Linde aseguró que el Banco de España estaba muy de acuerdo con el informe emitido por el Comité Lagares y, también, con las manifestaciones realizadas por el Fondo Monetario Internacional, en cuanto a que la reducción planeada del déficit público entre 2014 y 2017 es de 5,5 puntos del PIB, cerca de 55.000 millones de euros, con lo que habría que aumentar impuestos como el IVA.
En concreto sus declaraciones fueron:
Nos parece que somos un país donde hay que tratar mejor fiscalmente el trabajo y las rentas de capital, porque favorece el crecimiento. Creemos que hay que incrementar la imposición indirecta, somos el país que menos recauda en la zona euro, y, en definitiva, hay que hacer un ajuste fiscal que mejore el ahorro, que lo estimule, y trate mejor al trabajo y las rentas de capital.
Respuesta del Gobierno con la Reforma Fiscal
El aumento de los impuestos especiales y gravámenes ambientales y la reducción gradual de los tipos reducidos en el IVA, pondrían la recaudación fiscal en España más en consonancia con sus socios europeos.
Reclasificación en materia de IVA
Sentencia del Tribunal de Justicia de la U.E. en relación con el IVA
El Tribunal de Justicia de la UE dio la razón a la Comisión Europea a principios de 2013 cuando dictaminó que España tenía que aumentar el IVA de algunos productos sanitarios. La normativa europea permite a los Estados miembros aplicar el tipo reducido del IVA a:
Aquellos productos farmacéuticos del tipo de los utilizados normalmente para el cuidado de la salud, la prevención de enfermedades y el tratamiento con fines médicos o veterinarios y los equipos médicos, los aparatos y demás instrumental utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de minusválido.
Según el Tribunal de Justicia de la U.E., España ha estado aplicando un tipo reducido del IVA a categorías de bienes más amplias de lo que se establece en la ley.
A este respecto, la decisión tomada por el Ministerio de Hacienda ha sido la elevar del 10% al 21% el IVA de algunos productos sanitarios, entre los que se encuentran:
- Los bienes intermedios de elaboración de medicamentos.
- Los equipos médicos.
- Los aparatos e instrumental sanitario.
- Los productos farmacéuticos.
Se mantendrá el tipo impositivo del IVA reducido del 10% a los productos que estén diseñados para personas que tengan discapacidades físicas, mentales, sensoriales o intelectuales, como son:
- Las gafas graduadas.
- Las prótesis.
- Las sillas de ruedas o muletas.
Además, se mantendrán en el 10% los productos sanitarios como:
- Las gasas.
- Las vendas.
- Los botiquines para primeros auxilios.
- Los parches oculares.
Cada uno puede tomarse este "desafío" a las grandes instituciones como considere, pero lo que es innegable es que, poco a poco, parece que España se va haciendo fuerte y es capaz de tomar sus propias decisiones en materia fiscal.