Será a partir del 3 de octubre de 2016 cuando entre en vigor la última modificación del nuevo Sistema de Compensación, Liquidación y Registro de Valores en el mercado español, aunque el pasado 27 de abril ya entró en vigencia una versión anterior que, entre otros, establecía que para poder cobrar el dividendo teníamos que tener las acciones 4 días antes de la fecha de pago.
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A partir del 3 de octubre de 2016 sólo hará falta tener las acciones 3 días antes de la fecha de pago del dividendo, como explicamos a continuación.
Este nuevo sistema entra dentro del proceso de armonización de los sistemas de compensación y liquidación europeos T2S (Target 2 Securities) y finalizará en 2017. El fin último de este proceso es la creación de una única plataforma europea de liquidación de operaciones de valores.
Este nuevo sistema no afectará en exceso a la operativa de compra y venta de valores en bolsa pero sí que se producirán ciertos cambios, sobre todo en relación a los dividendos.
1. Creación de la Entidad de Contrapartida Central (ECC): Las operaciones bursátiles tendrán lugar en la fecha de liquidación en lugar de a fecha de ejecución. Ello implica que excepcionalmente no se produzcan ciertas operaciones si la contrapartida no hace la entrega de los activos.
2. Funcionamiento de eventos corporativos (Dividendos, ampliaciones y canjes), en especial con respecto a las fechas que permiten tener derechos a los inversores sobre esos eventos. En la actualidad se consideran tres fechas en relación a eventos corporativos
- Ex-Date: Fecha a partir de la cual la negociación del valor no otorga derechos de acudir al evento corporativo.
- Record-Date: Al cierre de mercado de esta fecha se determinan las posiciones de cada inversor de cara al evento corporativo.
- Payment Date: Fecha en que se produce el evento corporativo y se lleva a cabo el abono / cagro de efectivo o de valores.
¿Cómo afecta esta medida al pago de dividendos?
En primer lugar, el pago de dividendos deberá anunciarse con una antelación de dos meses. Es decir, una empresa deberá anunciar el pago de dividendos dos meses antes de que dicho dividendo sea pagado aunque no será necesario que se especifique con dicha antelación el importe exacto a pagar en concepto de dividendos. Esta medida beneficiará a los inversores para la toma de decisiones y al mercado de derivados ya que muchos de los activos derivados deben incorporar el pago de dividendos en su precio.
Otra repercusión de la medida es la que tiene relación con la tenencia de acciones en una fecha determinada para el cobro de dividendos. Anteriormente, con la tenencia el día de antes de acciones teniamos derecho al cobro de dividendos. Es decir, Ex-Date y Record Date coincidian (Record Date al cierre del mercado el día anterior y Ex-Date en la apertura de mercado del día de pago de dividendo).
A partir del 29 de septiembre (de 2016), esta fecha de liquidación, pasa a ser dos días después de la contratación (D+2), por lo que se amplía un día el periodo para adquirir acciones con derecho a cobrar el dividendo. Por lo tanto, a partir del 3 de octubre, entrará envigor esta norma.
Hasta ahora teníamos que comprar los dividendos 4 días antes del día del pago del dividendo, pero a partir del 3 de octubre de 2016, tan sólo hará falta tener las acciones 3 días antes de la fecha de pago.
Ahora la situación ha cambiado:
A modo de ejemplo, antes podiamos comprar una acción el día de antes de que pagara dividendo y tener derecho a cobrarlo. En ese caso si una acción determinada pagaba dividendo el viernes, podriamos comprarla el jueves en el mercado y cobrar el dividendo al día siguiente. Con la nueva normativa, debemos tener las acciones en propiedad con anterioridad a la fecha Ex-date y mantenerla hasta el Record Date. En este caso, si una acción paga dividendo el viernes, tendriamos que haberla comprado el lunes y mantenerla hasta el Record Date, cierre de mercado del día anterior.