El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, conocido como FROB, es un fondo que se creó en el 2009 en España, al amparo del RDL 9/2009, con motivo de la crisis financiera. Su objetivo es reforzar los recursos propios de las entidades de crédito que acometan procesos de integración y gestionar los procesos de reestructuración del sistema financiero español.
El FROB se financiará, en parte, con las dotaciones que se realicen con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y, en parte, con financiación ajena a través de la emisión de renta fija, de préstamos o de cualquier otra operación de endeudamiento. Los recursos ajenos en el 2012 no pueden sobrepasar los 120.000 millones de euros.
Todas las medidas que adopte el FROB deberán ser comunicadas a la Comisión Europea oa la Comisión Nacional de la Competencia y su tratamiento fiscal será el mismo que el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
El FROB está dirigido y administrado por una Comisión Rectora compuesta por nueve miembros:
Cuatro miembros designados por el Banco de España, uno de los cualesellos será el Subgobernador, que ostentará la Presidencia de la Comisión Rectora.
El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, que ostentará la Vicepresidencia de la Comisión Rectora y sustituirá al Presidente en sus funciones, en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
El Subsecretario de Economía y Competitividad.
El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
El Director General de Política Económica
El Director General de Presupuestos
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