Consejo: Lean sus pólizas.
Un seguro, sea cual sea, es una herramienta muy útil. Otorga tranquilidad a quien lo contrata porque protege su patrimonio. Sin embargo, bien sea por las prisas, desconocimiento, o porque no nos lo han explicado, desconocemos el alcance de la cobertura de las pólizas. De esta forma, muchos siniestros que podrían ser objeto de indemnización por parte de las compañías ni si quiera se declaran.
Una de las garantías que creo que es más desconocida por los asegurados es
A través de esta garantía se cubren las indemnizaciones pecuniarias de ls que podamos ser responsables en determinados casos:
1. Como propietarios del inmueble, es decir, lo que llamamos el Continente:
· Escapes de agua, reventones de tuberías, omisión de cierre de grifos. Todas incidencias provocan daños a terceros, y como responsables deberemos pagarlos a no ser que tengamos seguro.
· Los derivados como propietarios de la casa: esa persiana o la antena que por el viento al caer causan daños.
· Alguna compañía cubre los daños que podamos causar al realizar reformas y pequeñas obras en casa.
2. Como propietarios del Contenido tenemos cubiertos los daños producidos a terceros en el ámbito de la vida privada.
· Como Cabeza de familia: Daños en general que podamos causar a terceros tanto en el interior como en el exterior de la casa, tanto nosotros como las personas que conviven en nuestra vivienda. Imaginemos que vamos de visita a casa de unos amigos, y nuestro hijo rompe un caro jarrón de su casa....
· Daños causados por el personal doméstico: La señora de la limpieza que en el desarrollo de su trabajo en nuestro hogar pueda causar, por ejemplo si se le cae una maceta desde nuestra ventana y causa daños....
· Como deportistas NO PROFE
· Como propietarios de animales domésticos. Cualquier animal doméstico que para su posesión no se exija un seguro obligatorio (ej.perros potencialmente peligrosos pit bull, doberman….), ojo, los animales, en plural. Si tenemos 3 perros y dos loros, los daños que puedan causar estarán cubiertos.
· Responsabilidad Civil como inquilino: Podríamos provocar un incendio en la casa donde vivimos como inquilinos. Está claro que en este caso deberíamos pagar al dueño de la casa...a no ser, claro, que tengamos seguro. Y imaginemos que además de al dueño de la casa, debemos pagar elpiso del vecino que se ha visto afectado...
Estas coberturas y ejemplos, son sólo algunas de las contingencias cubiertas por el seguro de Responsabilidad Civil.
Aunque esta cobertura puede contratarse individualmente y su coste es escaso (unos 70 €), suele integrarse dentro de seguro de Multirriesgo de Hogar, por lo que el costo del mismo se abarata aun más, y por unos 180-200 €, podemos tener una buena protección para nuestra vivienda, y tener cubierta esa Responsabilidad Civil..
Es importantísimo conocer el alcance de las coberturas de nuestros seguros, porque solo de esta forma nos daremos que la prima que pagamos por ellos no es tan elevada como pensamos.
Cuando contraten un seguro, exijan a su Agente o Corredor que les explique las garantías y coberturas del mismo, seguro que se sorprenderán.