La reforma fiscal fue anunciada el pasado viernes día 20 de junio y al lunes siguiente fue explicada más en profundidad por el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. El IRPF es el impuesto sobre el que se introduce un mayor número de novedades tras la reforma fiscal ya que, se modifican muchos aspectos del impuesto como los tramos, el tipo de gravamen, deducciones, etc.
Por tanto, debido a la complejidad que puede conllevar adaptarse al cambio de normativa, vamos a introducir una serie de ejemplos en los que podamos analizar las diferencias que conlleva la reforma fiscal con la actual normativa aplicable.
Durante los ejemplos se utilizarán datos que aparecen en el artículo Las claves de la Reforma Fiscal de 2015.
Ejemplos: ¿Cómo afecta el reforma fiscal a un trabajador/a soltero/a y sin hijos?
Vamos a realizar varios ejemplos en función del nivel de renta de cada contribuyente. Para ello simularemos el cálculo de la cuota íntegra de varios individuos, suponiendo que obtienen unos rendimientos netos del trabajo de 20.000, 10.000 y 60.000 euros, respectivamente, es decir habiendo descontado los gastos deducibles.
Ejemplo 1: Contribuyente soltero/a y sin hijos que obtiene rendimientos del trabajo por 20.000 euros
Con la reforma fiscal se modifica la Reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el Mínimo Personal y Familiar, así como los tramos y tipos de gravamen a aplicar para el cálculo de la Cuota íntegra.
Podemos observar cómo, el contribuyente supera los 14.450 euros en concepto de rendimientos del trabajo y, por tanto, no se puede aplicar la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, por ello, a pesar de la mejora de condiciones en el Mínimo Personal y Familiar, los tramos y los tipos de gravamen, obtendrá, tras la reforma fiscal, un aumento en la Cuota íntegra del IRPF en 2015 del 8%.
Ejemplo 2: Contribuyente soltero/a y sin hijos que obtiene rendimientos del trabajo por 10.000 euros
En este caso vemos como la diferencia entre aplicar la normativa anterior a la reforma fiscal y aplicar la posterior, viene dada, principalmente, por la diferencia en la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
En 2014, el cálculo de la reducción se realiza de la siguiente manera:
Reducción para contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 9.180 y 13.260 euros:
Reducción = 4.080 - 0,35 * (10.000 - 9.180) = 3.793 euros
En 2015, tras la aplicación de la reforma fiscal, el cálculo cambia por completo. En este caso al tratarse de rentas del trabajo inferiores a 11.250 euros, le corresponde una reducción directa de 3.700 euros.
Ejemplo 3: Contribuyente soltero/a y sin hijos que obtiene rendimientos del trabajo por 60.000 euros
Para un nivel de rendimientos del trabajo de 60.000 euros vemos, como la gran diferencia entre la normativa de 2014 y la que se aplicará en 2015 con la reforma fiscal, aparece por la diferencia entre los tramos y los tipos de gravamen. Esta diferencia queda compensada con la imposibilidad de aplicar la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. La diferencia en la cuota íntegra, entre un año y otro, es mínima.
Ejemplos: ¿Cómo afecta el reforma fiscal a un trabajador/a soltero/a y con 2 hijos?
Si cogemos como ejemplo al mismo contribuyente anterior, pero ahora suponemos que en los tres ejemplos tiene 2 hijos a su cargo, ambos mayores de 3 años, los cálculos de las Cuotas íntegras del IRPF serían los siguientes.
Ejemplo 4: Contribuyente soltero/a y con 2 hijos que obtiene rendimientos del trabajo por 20.000 euros
La gran diferencia con el primer ejemplo radica en el Mínimo Personal y Familiar, actualmente se descompone de la siguiente manera:
Tras la reforma fiscal, en 2015, el Mínimo Personal y Familiar se descompondrá de la siguiente manera:
De nuevo, en este ejemplo, vemos como la Cuota íntegra no disminuirá, sino que aumentará en un 9% tras la aplicación de la reforma fiscal.
Ejemplo 5: Contribuyente soltero/a y con 2 hijos que obtiene rendimientos del trabajo por 10.000 euros
En este caso, el cálculo de ambos rendimientos tributables es negativo, pero para el cálculo esto no es posible ya que como mínimo puede ser cero, no es necesario realizar el calculo de la cuota íntegra ya que será cero.
Ejemplo 6: Contribuyente soltero/a y con 2 hijos que obtiene rendimientos del trabajo por 60.000 euros
Como vemos, aunque la reforma fiscal anula el importe de la reducción pora este nivel de rendimientos del trabajo, el aumento de los importes del mínimo personal y familiar y la diferencia de tipos de gravamen y tramos, hacen que con el cambio en la normativa, a partir de 2015, la cuota íntegra de este tipo de contribuyentes se reduzca en un 1%.
Los ejemplos anteriores, aunque son simples y no introducen ninguna de las numerosas variables que pueden afectar al cálculo de la cuota íntegra, nos sirven para hacernos una idea de cómo va a influir la reforma fiscal a los contribuyentes en función de su nivel de rendimientos del trabajo. Además, también podemos observar el impacto en la cuota íntegra en caso de que dicho contribuyente tenga dos hijos a su cargo.