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¿Cuáles son los tramos de la renta (IRPF) 2023?

¿Cuáles son los tramos del IRPF 2023? Como cada año, Hacienda hace públicos los tramos del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Estos se organizan en una tabla que indica el importe de los porcentajes a tributar del IRPF en función de los ingresos anuales que se ganen. Aquellos que obtengan un ingreso más alto, tendrán una retención mayor y viceversa. Pero,  ¿Cuáles son los tramos del IRPF 2023?

La Agencia Tributaria estableció en 2017 nuevas escalas para aplicar el impuesto del IRPF y sirven para poder tener una idea de cuánto se va a tener que pagar. Hacienda implantó los intervalos en función de los ingresos totales de cada trabajador, estos indican cuál es el impuesto a pagar dependiendo del tramo en el que el contribuyente se sitúe. Este año parece que no van a cambiar los tramos respecto a 2017 y que ya se mantuvieron en los años anteriores, seis tramos establecidos:

  • De 0 a 12.450 € brutos anuales
  • De 12.450 € hasta 20.200 €
  • De 20.200 € a 35.200 €
  • De 35.200 € a 60.000 €
  • De 60.000 € hasta 300.000 €
  • Último tramo a partir de 300.000 €

Tabla de retenciones IRPF 2023

Aquí os mostramos la tabla con los tramos en vigencia establecidos para este año:

Tabla de tramos de retenciones IRPF 2023
Base liquidable general Tipo impositivo 2023
Desde Hasta  
0 € 12.450 € 19%
12.450 € 20.200 € 24%
20.200 € 35.200 € 30%
35.200 € 60.000 € 37%
60.000 € 300.000 € 45%
300.000 € - 47%

 

Respecto a los tipos impositivos señalados en la tabla, destacamos que la cifra indicada es la resultante de sumar el gravamen estatal y autonómico, suponiendo que estos sean iguales. No obstante, el gravamen autonómico puede variar según la comunidad autónoma en la que residas. 

¿Cómo funcionan los tramos del IRPF?

Tal y como vemos en la tabla, se distinguen seis tramos de ingresos. A los ingresos obtenidos, habrá que restar una serie de reducciones que se aplican por las circunstancias personales de cada contribuyente. 

La tabla de tramos del IRPF sigue una distribución progresiva y proporcional. A diferencia de lo que normalmente se suele pensar, los tramos del IRPF no se aplican de forma fija o cerrada sobre el total de las rentas generadas. Esto quiere decir que a lo largo del año, se va pagando por el dinero acumulado en cada uno de los tramos y conforme se va pasando al siguiente tramo, se paga el porcentaje respectivo a este. De alguna forma, esto garantiza que los contribuyentes paguen en relación a la renta que generan en el tramo y, si por ejemplo, se pasa al siguiente tramo porque la renta generada ha aumentado en 200€ solamente, no se produzca un aumento de hasta 8 puntos aplicables a toda su renta generada. 

¿Cómo calcular el resultado de la declaración de la Renta 2023?

Cabe destacar que la cuota a ingresar o a devolver de Hacienda no se deriva directamente de la aplicación de estos porcentajes, sino que, después de aplicar los porcentajes, deben seguirse los siguientes pasos:

  • El resultado debe reducirse en el importe que corresponda del mínimo personal y familiar del contribuyente (corregido este también por los mismos porcentajes).
  • El resultado obtenido se denomina Cuota Íntegra Estatal y Autonómica.
  • A dichas cuotas  se le aplican las deducciones estatales y autonómicas a las que se tengan derecho, hasta obtener la Cuota Líquida, que nunca podrá ser negativa. 
  • Por último, de esta cantidad se restan las retenciones y en su caso deducciones por maternidad hasta obtener el importe total que debemos ingresar o que nos devuelven. 
 

Funcionamiento de los tramos del IRPF

Veamos el funcionamiento de los tramos del IRPF con tres ejemplos diferentes:

Si, por ejemplo, se han obtenido unos ingresos de 15.000€ anuales, el tipo aplicable al hacer la declaración de la renta no será del 24% sino que el impuesto se aplicará de forma progresiva tal y como vamos a ver.

En el caso de una persona con una base liquidable general de 15.000€ generados en el año:

Base liquidable general 15.000€
Tramos Tipo impositivo Cuota
Primer tramo  19% de los primeros 12.450€ 2.365€
Segundo tramo 24% hasta 20.200€ 612€
*Cuota antes de aplicar el mínimo personal   2.977€

 

En el caso de una persona con una base liquidable general de 50.000€ generados en el año:

Base liquidable general 50.000€
Tramos Tipo impositivo Cuota
Primer tramo  19% de los primeros 12.450€ 2.365€
Segundo tramo 24% hasta 20.200€ 1.860€
Tercer tramo 30% hasta 35.200€ 4.500€
Cuarto tramo 37% hasta 60.000€ 5.476€
*Cuota antes de aplicar el mínimo personal   14.201€

 

En el caso de un contribuyente con una base liquidable general de 100.000€ anuales:

Base liquidable general 100.000€
Tramos Tipo impositivo Cuota
Primer tramo  19% de los primeros 12.450€ 2.365€
Segundo tramo 24% hasta 20.200€ 1.860€
Tercer tramo 30% hasta 35.200€ 4.500€
Cuarto tramo 37% hasta 60.000€ 9.176€
Quinto tramo 45% hasta 300.000€ 18.000€
*Cuota antes de aplicar el mínimo personal   35.901€

 

(*) Al resultado de esta cuota habría que aplicar el mínimo personal y familiar (calculado de la misma forma con los tramos) para obtener la cuota general.

 

  1. Nuevo
    #33
    04/10/22 12:01
    Hola, creo que hay errores

    No tiene sentido aplicar el.tipo de gravamen y luego el minimo por contribuyente

    De esa manera.....el de 15000, le saldria a devolver
  2. Nuevo
    #32
    15/12/21 19:13
    Hola,

    Este mes de Diciembre 2021 trabajo horas extras, pero las cobro en Abril 2022.

    En que Renta tengo que declararlas 2021 que las he trabajado o 2022 que las he cobrado?

    Gracias 
  3. Nuevo
    #31
    02/04/20 13:47

    Hola!. Tengo una discapacidad del 33% y me gustaría saber si hay que pagar en la declaración de la renta la cuota líquida estatal y la cuota líquida autonómica.

  4. Nuevo
    #29
    11/06/19 19:52

    He vendido una finca rural en 2018, heredada de mis abuelos, pero solo consta en Catastro, no tengo Escritura ni adjudicacion de Herencia, en 1995 pasaron a mi nombre en Catastro. Mi duda es, en IRPF me piden valor de adquisición y no se que valor poner. Tengo el valor catastral de 1995,pero es muy inferior al valor real de la finca.¿Que valor tendria que poner?

  5. #27
    20/03/19 20:29

    Buenas tardes:
    Me gustaría hacerles la siguiente consulta y si es posible me pudieran responder:
    Mi esposa tiene concedida el grado de discapacidad del 54% con efectos 23/04/2018. No trabaja, y no percibe ningún tipo de rentas.Presentamos la declaración de renta Conjunta.
    Me podrían indicar en qué apartado de la renta hay que poner esta discapacidad y qué cálculos habría que hacer en el supuesto que se tuviera que hacer algunos.
    Yo estoy jubilado y nuestras edades son de 68 y 65 años respectivamente.
    Muchas gracias.

  6. en respuesta a Ninfa992
    -
    #26
    16/03/19 15:50

    Sin otro dato relativo a situación familiar y posibles deducciones, entre 5000 y 6000 euros a pagar no te los quita nadie. Yo tengo 15.000 de retenciones con un salario bruto de 62.000 y me sale 330 a devolver al incluir plan de pensiones y donativos. Al hacerla conjunta con cónyuge con discapacidad del 33%, sin rentas del trabajo y 2 peques de 8 años, ya es otra cosa (2700 a devolver).

  7. Nuevo
    #25
    09/09/18 13:58

    Somos dos jubilados por el Convenio España-Argentina,hemos trabajado en ambos países.
    Somos españoles.Recibimos una pensión argentina de 900 euros cada uno mensual y una pensión española de 450 y 700 mensuales marido y esposa respectivamente.
    Tenemos una Hipoteca de 650 euros mensuales ,no tenemos hijos a cargo ni otras cargas a fin de descontar en el pago del IRPF.
    ¿Cual sería el pago aproximado anual de IRPF ?
    Desde ya muchas gracias.

  8. Nuevo
    #24
    25/06/18 16:52

    Si tuve en el 2017 salario bruto anual de 60847 euros, me han retenido en el año 9759 euros y un hijo de 15 años, cuanto deberia pagar en mi declaracion de la renta este 2018? Quisiera saber un aproximado por favor

  9. Nuevo
    #23
    21/06/18 14:17

    Cuál es el total de impuestos que tengo que pagar con un salario bruto de 15000€?

    Teniendo en cuanta que no tengo hijos ni nadie a mi cargo y vivo sólo de alquiler.

  10. #22
    27/04/18 02:52

    Cobro 670€ de prestación por desempleo y me quitan 60€ por Seguridad Social y NADA de IRPF. Cuãnto puedo llegar a pagar en la Renta del 2017? Soy soltero y vivo de alquiler.

  11. en respuesta a Marta Espinosa C
    -
    #21
    23/04/18 12:35

    Muchas gracias Marta Espinosa!
    Otro saludo para ti!

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