Durante la mañana del 9 de mayo de 2017 realizamos el Webinar sobre la Declaración de la Renta 2016, para resolver todas las dudas de las nuevas reformas de la Declaración de la Renta 2016. En este caso el webinar lo he impartido yo misma, por tanto, si tenéis cualquier duda podéis plantearle en este mismo artículo las dudas sobre el Webinar de la Declaración de la Renta 2016.
En el Webinar de la Declaración de la renta 2016 hemos hablado de los siguientes puntos:
- Novedades declaración de la renta 2016
- ¿Quién tiene obligación de hacer la declaración de la Renta?
- Mínimos personales y Familiares.
- Rentas exentas.
- Deducción por inversión en vivienda habitual.
- Deducción por alquiler de vivienda.
- Cláusula suelo: deducción por
- Rendimiento del capital inmobiliario.
- deducciones autonómicas.
- Regularización de situaciones tributarias
A continuación os dejos un breve esquema de los puntos que se han hablado durante el webinar.
Novedades declaración de la renta 2016
- Contribuyentes: Sociedades civiles
- Rendimientos del trabajo: Exención de rendimientos de trabajo en especie por primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad
- Rendimientos de actividades económicas: Exclusión del método de estimación objetiva (módulos)
- Rendimientos de actividades económicas: Gasto deducible en estimación directa por las primas de seguro de enfermedad
- Integración y compensación de rentas en la Base imponible del Ahorro (BIA)
- Tipos y escalas de gravamen aplicables a partir de 2016
- Deducción por donativos a partir del 01/01/2015
¿Quién tiene obligación de hacer la declaración de la Renta?
Rendimeintos del trabajo
Todos los contribuyentes, EXCEPTO los que no superen:
-Ingresos de más de 22.000 euros con carácter general
-Ingresos de más de 12.000 euros cuando:
- +un pagador y +1.500 euros
- Pensionistas del artículo 17.2a de la Ley de IRPF y provengan de dos o más pagadores.
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
- Rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
Rendiemientos del capital mobiliario
Capital mobiliario + ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta con el límite de 1.600 euros anuales.
Rendiemientos del capital inmobiliario
Capital inmobiliario con el límite de 1.000 euros anuales.
Mínimos personales y Familiares
Los mínimos personales y familiares estatales que se aplican son los contenidos en la siguiente tabla:
Rentas exentas
En cuanto a las rentas exentas hemos prestado especial atención a las exenciones que se han visto modificadas para el ejercicio 2015:
-
Exención por despido o cese del trabajador
-
Becas públicas y las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos
-
Planes de ahorro a largo plazo
-
Prestaciones en forma de renta percibidas por las personas con discapacidad
-
Exención de dividendos
-
Rentas mínimas de inserción, riesgo de exclusión social. Víctimas violencia de género
- Subvenciones para acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva
Deducción por inversión en vivienda habitual
El 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual, pero, podrán seguir aplicando la deducción aquellos que:
-
Adquirieron antes de esa fecha su vivienda habitual
- Hubieran satisfecho cantidades antes de dicha fecha
Deducción por alquiler de vivienda
El 1 de enero de 2015 se suprimió la deducción por alquiler de vivienda habitual, pero, podrán seguir aplicando la deducción aquellos que:
-
Adquirieron antes de esa fecha su vivienda habitual
-
Hubieran satisfecho cantidades antes de dicha fecha
Cláusula suelo y rendimiento del capital inmobiliario
1. Deducción por inversión en vivienda habitual en ejercicios anteriores:
- En efectivo: contribuyente perderá el derecho a las deducciones practicadas. Y se tienen que devengar.
- Compensación con parte del capital pendiente: no se aplica el punto anterior.
2. Gasto deducible en ejercicios anteriores: autoliquidación.
3. Cantidades satisfechas en 2016 en concepto de cláusula suelo, no podrán deducirse como inversión en vivienda habitual ni en gasto deducible.
*Rendimientos del capital inmobiliario y cláusula suelo: los intereses satisfechos por la cláusulas suelo, no podrán deducirse como gasto para el cálculo de los rendimientos netos del capital inmobiliario.
Deducciones autonómicas
Además de las deducciones estatales, en cada comunidad autónoma se contemplan una serie de deducciones autonómica que podemos hacer adicionalmente a las estatales.
Regularización de situaciones tributarias
Incremento de las cuotas líquidas, estatal y autonómica, por pérdida del derecho a deducciones de ejercicios anteriores.
No se integrará en la base imponible del IRPF la devolución, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas suelo.
Declaraciones complementarias
No se integrará en la base imponible del IRPF la devolución, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas suelo.
Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado un ingreso inferior o una devolución superior a la procedente, deben regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria a la originariamente presentada.
También deben regularizarse mediante complementaria las pérdidas del derecho a reducciones o exenciones aplicadas en declaraciones anteriores.
Rectificación de autoliquidaciones del IRPF
Cuando el contribuyente quiera modificar una autoliquidación del IRPF presentada porque resulta una cantidad a devolver superior a la autoliquidada o un importe a ingresar inferior al de la autoliquidación presentada.
Webinar de la Declaración de la renta 2016
Si te registraste en el webinar, puedes acceder a la grabación haciendo click aquí. Recuerda que puedes apuntarte a los próximos cursos en Rankia