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Deducción en la declaracion de la renta (IRPF) por inversion en vivienda habitual

Deducción en la declaracion de la renta (IRPF) por inversion en vivienda habitual

Descubre todo lo que necesitas saber sobre la deducción por inversión en vivienda habitual y la exención de IRPF por reinversión.
La fiscalidad en torno a la vivienda habitual en España ha experimentado cambios significativos en los últimos años. A continuación os mostramos una visión detallada sobre quienes pueden aplicar la deducción por inversiones en vivienda habitual y la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por reinversión en una nueva vivienda habitual.

Deducción por inversión en vivienda habitual

La deducción por inversión en vivienda habitual fue una ventaja fiscal de gran relevancia en España hasta el año 2013. Aunque actualmente no se puede aplicar en las nuevas adquisiciones, quienes compraron su vivienda antes de esa fecha pueden seguir beneficiándose de ella bajo ciertas condiciones.
Contexto histórico
La deducción por compra de vivienda habitual permitía a los contribuyentes reducir su base imponible en la declaración de la renta. No obstante, con la reforma fiscal del 1 de enero de 2013, este beneficio fue eliminado para nuevas adquisiciones. Sin embargo, quienes ya aplicaban la deducción antes de esa fecha pueden seguir haciéndolo si cumplen con los requisitos establecidos.
Requisitos para mantener la deducción
Para continuar aplicando esta deducción, es necesario cumplir con ciertos criterios. Entre ellos, haber adquirido la vivienda o realizado pagos para su construcción antes de 2013 y haber aplicado la deducción en la declaración del IRPF de 2012 o anteriores. También se incluyen obras de rehabilitación y adecuación para personas con discapacidad bajo condiciones específicas.

Exención por reinversión en vivienda habitual 

Si vendes tu vivienda habitual, podrías evitar pagar impuestos sobre la ganancia patrimonial si reinviertes el dinero en otra vivienda habitual. Esta exención es una ventaja fiscal clave para quienes buscan cambiar de residencia sin perder parte del beneficio obtenido en la venta.
Condiciones para la exención
Para acceder a esta exención, la vivienda vendida y la adquirida deben considerarse residencias habituales. Además, la reinversión es parcial, la exención también se aplicará de forma proporcional.
Consideraciones adicionales
Existen varios aspectos que pueden influir en la aplicación de esta exención, como el uso de financiación ajena o la compra de una vivienda en construcción. En estos casos, es importante conocer las condiciones específicas para evitar problemas con Hacienda.

Novedades legislativas y beneficios fiscales adicionales

El Gobierno ha implementado nuevas medidas para fomentar la rehabilitación energética y mejorar la eficiencia de las viviendas. Estas medidas ofrecen deducciones fiscales que pueden beneficiar a quienes realicen obras en su vivienda habitual.
Prórroga de deducciones por rehabilitación energética
Las deducciones por obras de mejora energética han sido extendidas hasta 2026. Dependiendo del impacto en el consumo energético de la vivienda, los contribuyentes pueden acceder a deducciones del 20%, 40% o hasta el 60% en su declaración de la renta.
Incentivos fiscales en comunidades autónomas
Algunas comunidades autónomas han implementado beneficios fiscales adicionales relacionados con la vivienda habitual. Por ejemplo, en Madrid existen deducciones por alquiler de vivienda para jóvenes menores de 35 años.


Preguntas frecuentes


¿Puedo seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual si compré después de 2013?

No, esta deducción solo está disponible para quienes adquirieron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 y hayan aplicado la deducción en la declaración del IRPF de 2012 o anteriores.

¿Qué sucede si solo reinvierto parte del dinero obtenido en la venta de mi vivienda habitual?

En ese caso, la exención se aplicará de forma proporcional al importe reinvertido. La parte no reinvertida estará sujeta a tributación.

¿Cuál es el plazo para reinvertir en otra vivienda y beneficiarme de la exención fiscal?

Tienes un plazo de dos años, que pueden ser antes o después de la venta de la vivienda habitual.

¿Puedo aplicar la exención si la nueva vivienda está en construcción?

Sí, pero las obras deben concluir en un plazo máximo de cuatro años desde la fecha en que se inició la inversión.


  1. en respuesta a Anonimo
    -
    #5
    28/02/25 11:44
     "esta deducción solo está disponible para quienes adquirieron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 y hayan aplicado la deducción en la declaración del IRPF de 2012 o anteriores" mira a ver si tienes alguna deducción en tu comunidad autónoma 
  2. #4
    Anonimo
    20/04/09 13:47

    Hola, tengo unas dudas que espero sepan aclararme.
    Hace 2 años compre piso con mi mujer. Hacemos declaraciones individuales, por lo que amortizamos algo para que me devuelvan en la declaración.
    Pero no acabo de entender los limites.
    Para deducirme el máximo debo amortizar del préstamo 18.030 euros(9015 euros cada uno).
    En esos 18.030 se incluyen los intereses que se lleva el banco durante todo el año o sólo cuenta el capital amortizado????

    Gracias

  3. #3
    Anonimo
    10/04/09 17:37

    Hola.

    Adquirí mi vivienda habitual en 2001, tuve que pedir 2 préstamos hipotecarios: uno en mayo para poder hacer frente al pago de la entrada y el otro en julio del importe restante de la vivienda.
    Los dos son a 20 años. ¿Puedo deducirme los dos en la declaración de la renta ya que los dos fueron formalizados al 100% para poder adquirir la vivienda habitual: uno para la entrada y otro para lo restante? Ya que si no pagaba la entrada, no podía adquirir la vivienda.

    Gracias.

  4. #2
    Anonimo
    21/03/09 16:45

    Cuando la comunidad de propietarios construye una rampa (costosa) para servicio del edificio, motivada por la existencia en el mismo de una persona minusválida, ¿es deducible el gasto repercutido para cada propietario? Gracias por su servicio.

  5. #1
    Anonimo
    23/02/09 10:36

    ¿Cuanto se puede deducir en toda la vidA DEL CONTRIBUYENTE?
    ¿HAY UN LÍMITE?

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