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Cómo hacer que la Declaración de la Renta te salga a devolver

Cómo hacer que la Declaración de la Renta te salga a devolver

Aprende cómo desgravar vivienda, donaciones y otros gastos para que tu Declaración de la Renta sea favorable.
Hacer la Declaración de la Renta puede ser un dolor de cabeza, pero ¿y si te dijera que puedes hacer que Hacienda te devuelva dinero en lugar de pagar? Sí, es posible, y no necesitas ser un experto en finanzas para lograrlo.

El truco está en conocer qué deducciones puedes aplicar, qué gastos puedes desgravar y cómo optimizar tu declaración para pagar menos impuestos de manera legal. En este artículo, te enseñaré los mejores trucos para que la Declaración de la Renta te salga a devolver, evitando errores y aprovechando al máximo las ventajas fiscales disponibles. ¡No dejes que Hacienda se quede con más de lo necesario!

¿Que debo hacer para que Hacienda me devuelva dinero?

Realiza la Declaración de la Renta aunque no tengas la obligación de presentarla

Este es uno de los mayores errores de los contribuyentes: no presentar la Declaración de la Renta porque no están obligados a ello. En la mayoría de casos, los contribuyentes que no llegan a los límites obligatorios para presentar la Declaración de la Renta, durante el año fiscal han sufrido retenciones que podrían ser devueltas por la Agencia Tributaria si presentan la Declaración de la Renta.
Por tanto, el primer consejo sería obtener el borrador o realizar la Declaración de la Renta, aunque no tengamos obligación, y ver cuál es el resultado.

Revisar los cambios personales del contribuyente

Si la situación personal del contribuyente ha sido modificada durante el año fiscal (cambio del estado civil a casado, nacimiento de un hijo, cambio de domicilio habitual al extranjero...) se deben de modificar los datos personales, ya que pueden suponer un ahorro fiscal.
Por ejemplo, las mujeres con hijos menores de 3 años pueden aplicar en la Declaración de la Renta de 2025 la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo con importe de 1.200 euros anuales por cada niño y cada menor de 25 años añade una cantidad al mínimo personal de sus progenitores.
OJO👀
Hay que tener en cuenta cuál es el domicilio habitual del contribuyente, aquel dónde ha vivido al menos 183 días de 365. En caso de superar este límite, el contribuyente deberá realizar un cambio de su domicilio en sus datos personales.

¿Que es mejor una declaración individual o conjunta?

En relación al anterior consejo, si el contribuyente ha contraído matrimonio durante el año fiscal, debe de ver fiscalmente si es más interesante realizar la declaración de la renta en modalidad individual o conjunta. Como el IRPF es un impuesto progresivo, si los dos contribuyentes de la unidad familiar trabajan por cuenta ajena y obtienen rendimientos del trabajo superiores a los límites, será mejor realizar la declaración de la renta de forma individual.

¿Cuales son las deducciones extras que puedo declarar?

​Aprovechar las deducciones fiscales disponibles puede reducir significativamente la carga tributaria en tu Declaración de la Renta. te contamos de forma detallada algunas deducciones adicionales que puedes considerar:​

1. Deducción por inversión en vivienda habitual (régimen transitorio):
Si adquiriste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, puedes seguir aplicando la deducción por vivienda habitual. Esta deducción permite desgravar hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros anuales, pero también puede depender de la comunidad en la que compras la propiedad.

2. Deducciones autonómicas:
Además de las deducciones estatales, existen las deducciones comunidad autónoma ofrece beneficios fiscales específicos. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana y Cataluña, es posible desgravar gastos relacionados con el gimnasio y el fisioterapeuta, siempre que estén médicamente justificados. Estas deducciones buscan promover la salud y el bienestar. ​

3. Deducción por alquiler de vivienda habitual:
En algunas comunidades autónomas, los inquilinos pueden beneficiarse de deducciones por el alquiler de su vivienda habitual. Los requisitos y porcentajes de deducción varían según la región, por lo que es importante consultar la normativa específica de tu comunidad. ​

4. Deducción por donaciones:
Las donaciones realizadas a entidades sin fines lucrativos pueden dar derecho a deducciones en la cuota íntegra del IRPF. Generalmente, se puede deducir el 75% de los primeros 150 euros donados y el 30% del resto. Este porcentaje puede aumentar al 35% si en los dos años anteriores se han realizado donativos a la misma entidad por importe igual o superior. ​

5. Deducción por aportaciones a planes de pensiones:
Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible del IRPF, con un límite anual de 1.500 euros. Este límite puede incrementarse en 8.500 euros adicionales si las aportaciones provienen de la empresa pero también:
  • Límite de deducción: Hasta 1.500 euros anuales en planes individuales.
  • Planes de empleo: Se pueden aportar hasta 10.000 euros combinando aportaciones personales y empresariales.
  • Autónomos: Pueden deducir hasta 4.250 euros adicionales en planes de empleo simplificados.
  • Rescate anticipado: Desde 2025, se podrán rescatar aportaciones con más de 10 años de antigüedad
6. Deducción por maternidad:
Las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden aplicar una deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. Esta deducción puede incrementarse en 1.000 euros adicionales si se han pagado gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. ​

7. Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo:
Las familias numerosas y aquellas con personas con discapacidad a cargo pueden beneficiarse de deducciones específicas que varían según el grado de discapacidad y la categoría de la familia numerosa.

8. Deducción por movilidad geográfica:
Si has cambiado de residencia por motivos laborales y estabas inscrito como demandante de empleo, puedes aplicar una deducción adicional de 2.000 euros en los rendimientos del trabajo durante dos años. ​

9. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética:
Las inversiones en la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual pueden dar derecho a deducciones que oscilan entre el 20% y el 60% del importe invertido, dependiendo del tipo de obra y del ahorro energético conseguido. ​

10. Deducción por cuotas a sindicatos y colegios profesionales:
Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación sea obligatoria para el desempeño del trabajo, son deducibles de los rendimientos del trabajo. El límite de esta deducción es de 500 euros anuales. ​

Es fundamental revisar las deducciones específicas de tu comunidad autónoma y conservar los justificantes necesarios para aplicarlas correctamente en tu Declaración de la Renta. Además, consultar con un asesor fiscal puede ayudarte a optimizar tus beneficios fiscales y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente
Deducciones especiales👀
Este año 2025 hay importantes novedades en las deducciones fiscales. Así, se aplican ventajas tributarias a quienes hayan comprado un coche enchufable, a los autónomos con trabajadores a cargo y a las rehabilitaciones de vivienda para mejorar la eficiencia energética así como la deducción por tener seguro de vida. Además, se han aplicado nuevas modificaciones en las ayudas a la maternidad. 

Preguntas frecuentes❓❓ 

¿Cómo puedo pagar menos impuestos en la Declaración de la Renta?

Para reducir tu carga fiscal, puedes aplicar deducciones por vivienda, donaciones, planes de pensiones y gastos relacionados con el trabajo. Además, revisa si tu comunidad autónoma ofrece beneficios fiscales adicionales.

¿Cómo influye la retención en la nómina en la devolución de la Renta?

Si te aplican retenciones altas durante el año, es más probable que Hacienda te devuelva dinero. Puedes ajustar el porcentaje de retención en tu empresa para evitar pagar de más.

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero de la Renta?

Por lo general, Hacienda devuelve el importe en un plazo de 30 a 90 días tras la presentación, aunque en algunos casos puede tardar más si requiere revisión.

Contrata un asesor fiscal para realizar tu Declaración de la Renta

El último de los consejos que podemos aportar a la lista es contar con un asesor fiscal experto para asegurarnos de que no cometemos errores en nuestra declaración, evitando así posibles penalizaciones económicas, y, además, asegurarte de aplicar todas las deducciones posibles para tu caso particular. Ten en cuenta que están las deducciones estatales y las deducciones autonómicas.
Si estás pensando en la contratación de un asesor fiscal para conseguir que tu Declaración de la renta salga a devolver, una de las opciones disponibles que encontrarás es TaxScouts, una asesoría fiscal online. Al contratar el Pack Renta de TaxScouts tendrás acceso a un gestor personal que se encargará de resolver tus dudas en un plazo máximo de 24 horas, y que se asegurará de aplicarte todas las deducciones posibles, evitando posibles errores de tu declaración. El Pack Renta tiene un precio de 49,90 €, pago único, y te permitirá despreocuparte y presentar la declaración de la renta sin moverte de casa.
Si tienes algún otro consejo para que los usuarios de Rankia tengan las mayores ventajas fiscales en la Declaración de la Renta, no dudes en comentarlo a continuación.
  1. Nuevo
    #19
    24/04/24 11:42
    Buenos días, tengo una duda sobre la declaración de la renta.
    Preséntanos la declaración y el juzgado nos la embargó, el proceso del juzgado se apeló que estaba en ejecución, si todavía no han contestado y no está cerrada la demanda pueden embargarte la devolución? 
    Que me aconsejan que haga ?
  2. Nuevo
    #18
    05/03/24 20:58
    Mi madre hace un año que vive conmigo, tiene 89 años y tiene una jubilación minima de su pais de 130€ mensual aproximadamente. Cual es el procedimiento para que aparezca en mi declaración de la renta como responsable económica. Debo enviar información a algún lado o rellenar algún formulario? Yo vivo sola, tengo un salario bajo y alquilo y ahora tengo a mi cargo a mi madre. Cómo debo proceder para conseguir algún beneficio fiscal
  3. #17
    26/02/24 17:49
    Muchas gracias por la información Patricia.
    Es de mucha utilidad para los que andamos un poco perdidos en la declaración de la renta.
  4. en respuesta a Sambenito
    -
    Top 100
    #16
    25/05/15 09:49

    Buenos días, esto que comentas no es una deducción; la única reducción que existe para los rendimientos del trabajo es Reducción por movilidad geográfica: declaración de la renta Saludos,

  5. #15
    23/05/15 02:39

    Si vivo en casa de mis padres, e indico los kilómetros que hay de distancia desde mi casa al trabajo, puede degravar? Gracias

  6. #14
    23/05/15 02:37

    Buenas noches,

    Hace dos días confirmé el borrador de la declaración de la renta a través del programa PADRE. Y hoy me han comentado algo que desconocía, y es algo así como que los kilómetros que hay de desplazamiento entre tu residencia y el lugar de trabajo pueden influir a la hora de la devolución de Hacienda. Mi pregunta es: Si, vivo en casa de mis padres, ¿

  7. en respuesta a arousan
    -
    Top 100
    #13
    18/05/15 09:04

    Buenos días, si no cotizan no las habrás podido vender en un mercado secundario y por tanto, no se puede computar pérdida ya que no hay valor de transmisión. Creo que la única opción que tienes es hacer como en el caso de las acciones de Gowex (¿Cómo tributan las pérdidas de Gowex en la Declaración de la Renta?), hacer un contrato de venta a través de un notario por un valor simbólico. De todos modos, consúltalo con tu asesor fiscal.

    Saludos,

  8. #12
    17/05/15 05:43

    Hola amparo
    Tengo una duda en cuanto a la declaración de la renta.Tengo unas acciones americanas que llevan muchos años sin cotizar ya que quebró. Puedo declarar dicha minusvalía aunque no haya podido venderlas. Gracias

  9. en respuesta a jordin
    -
    Top 100
    #10
    24/04/15 09:04

    Bienvenido a Rankia,

    El cónyuge que conserve la custodia de los hijos es quien puede realizar la declaración conjunta con ellos, incluso cuando hay custodia compartida, la declaración conjunta con el hijo cabe solo para uno de los sujetos del matrimonio. En algunos casos, se puede incluir a los hijos de forma alterna con uno y otro cónyuge en la declaración de la renta, siempre que hubiera custodia compartida.

    Respecto a la reducción por descendientes, ambos cónyuges tienen derecho a la reducción por hijos a cargo, y esta se prorrateará por partes iguales. En el programa PADRE se tienen que incluir a los hijos en el apartado "Descendientes con derecho a reducción":

  10. El cónyuge que opte por la tributación conjunta indicará que es un "hijo"

  11. El otro cónyuge lo consignará como "hijos pertenecientes a otra unidad familiar"
  12. Saludos,

  13. Nuevo
    #9
    23/04/15 11:06

    Hola,
    En mi caso, tengo dos hijos con mi actual pareja y una hija de mi anterior matrimonio. Con esta situación tengo derecho, y tengo, al tratamiento de familia numerosa, pero en la declaración de la renta no veo como incluir a mi hija mayor que, aunque la custodia la tiene su madre, pasa el 35% del tiempo conmigo. Por otro lado, paso pensión de alimentos por mi hija y la consigno en la casilla correspondiente.
    ¿No tengo derecho a incluir a mi hija en la declaración?

    Gracias

  14. en respuesta a fullmonty
    -
    Top 100
    #8
    15/04/15 10:52

    Si, hay veces en que la Agencia Tributaria solicita un requerimiento para que el contribuyente aporte todos los datos (contrato de trabajo, contrato de alquiler, empadronamiento...) que justifique la aplicación de la reducción por movilidad geográfica. Saludos,

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #7
    15/04/15 10:46

    OK! Pero luego supongo que alguien comprueba que sea cierto no? Lo digo porque los requisitos no son 100% claros...

  16. en respuesta a fullmonty
    -
    Top 100
    #6
    15/04/15 10:08

    Buenos días,

    En este artículo se explica la Reducción por movilidad geográfica: declaración de la renta. La ley no indica Km de distancia, pero normalmente se entiende que desplazas tu domicilio habitual al mismo municipio donde trabajas. Lo ideal es que lo consultes con un asesor fiscal ya que si que sería posible poder aplicarla en tu Declaración de la Renta 2014. Saludos,

  17. #5
    15/04/15 08:21

    Hola Amparo,

    Me interesa mucho el tema de la movilidad geográfica, ya que el año pasado, estando en el paro,acepté un nuevo empleo en una población distinta a la mía (donde estaba empadronado y tenía un piso alquilado). El tema es que según la Agencia Tributaria el requisito es "siempre que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de dicha residencia".

    A efectos prácticos ésto qué significa? El nuevo empleo estaba a 37Km de mi ciudad, y me mudé a otra ciudad que está a 21Km y la carretera es mucho más buena. Tengo un piso alquilado en la nueva ciudad pero NO estoy empadronado allí. Crees que la movilidad geográfica aplica en mi caso?

    Gracias!

  18. en respuesta a Sandra del Rio
    -
    Top 100
    #4
    14/04/15 11:17

    Bienvenida a Rankia,

    El borrador de la Declaración de la Renta suele tener errores, tienes que modificar el borrador e incluir estos conceptos. Es posible que no varíe el resultado, pero para estar más segura te recomiendo que acudas a un asesor fiscal.

    Saludos,

  19. en respuesta a Lexuss86
    -
    Top 100
    #3
    14/04/15 11:16

    Así es, gracias por el aviso! Ya está modificado el error. Saludos,

  20. Nuevo
    #2
    11/04/15 18:34

    Hola, en mi borrador no viene incluida una propiedad, tampoco la cuota del colegio de fisioterapeutas. Al añadirlo en el programa PADRE, también sumar las cuotas de los seguros de vida y de hogar, el resultado de la declaración no varía nada.

    También mi hija nació el 23 de diciembre, entonces en 2014 hizo los tres años, ¿la ayuda de 100 euros tendría que incluirla desde el 1 de diciembre al 23 que aun no tenía los 3 años?

  21. #1
    09/04/15 12:37

    "El primer pago se realizará en el momento de presentar la declaración de la renta y será del 60% del importe total del ingreso, el pago del 40% restante se aplazará hasta el 5 de noviembre de 2014, inclusive."

    Supongo que donde dice 2014 seria 2015, no?