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La peor pesadilla de las subastas electrónicas

                                         

 

Por lo que me cuentan el tipo se tiró toda la mañana llorando en el juzgado e intentando que alguien le escuchara.

 

Cuando quiero llorar, no lloro... y a veces lloro sin querer

 

 

Hay personas que a la mínima oportunidad aprovechan para mostrarnos sus llantos, pero, hay que decirlo, en esta ocasión el tipo tenía sobrados motivos para verter sus lágrimas porque está a punto de perder los 10.527,50 euros que depositó para participar en la subasta SUB-JA-2016-26176, de un precioso apartamento de casi 100 m2 en la Costa Dorada.

 

                                              

 

Y el caso es que... no se si conseguirá sus propósitos.

Como ya nos relatara Franz Kafka, la Administración es ciega y sorda a los problemas de los ciudadanos, incluso cuando es ella quien nos ha metido en el marrón.

Por ahora el pobre desgraciado solo tiene dos salidas:

O perder el depósito de diez mil euros y olvidarse de las putas subastas por el resto de su vida.

O pagar los seiscientos mil euros que ofreció por el apartamento y olvidarse de las putas subastas por el resto de su vida.

Lo que yo haría, si el Juzgado de lo Mercantil nº7 de Barcelona me lo pusiera así de crudo, lo tengo muy claro...

 

¡¡Que remate su padre!!

 

Y a continuación al Corte Inglés a darme un hartazgo de consumismo para intentar consolarme por la pérdida de los diez mil.

La primera noticia que tuvimos de este caso fue cuando un lector nos hizo un comentario en el blog contando que estaba participando en una subasta y,

CUANDO LA ÚLTIMA PUJA IBA POR 48.957,05 EUROS...

 

                                          

 

DE REPENTE PASÓ DE GOLPE A 600.000 EUROS...

 

           

 

O sea, un dislate.

El error evidente de un pobre hombre que queriendo ofrecer una puja de 60.000 euros, se le había escapado un cero.

¡Cero patatero!

Y el caso es que lo hemos advertido muchas veces en este blog.

El primero que nos lo advirtió a todos fue mfmelo.

En el Portal de Subastas, cuando escribimos las pujas en la ventanita que hay ex profeso, hay que escribir exclusivamente los enteros y dejar los decimales de euro para la ventanita de su derecha. 

O, mejor aún, olvidarnos de que existen decimales y ofrecer solo números enteros.

Porque los que estamos acostumbrados a escribir siembre el "coma cero cero" corremos el peligro de añadirle ceros a nuestra puja sin comerlo ni beberlo, porque el sistema NO entiende las comas, de manera que si escribes 60.000,00 en la casilla de los enteros, el sistema entenderá 600000.

Sí, es muy triste.

Y ojalá la cosa tuviera remedio para nuestro triste protagonista de hoy.

Yo, desde luego me solidarizo con él.

Aunque también entiendo el cabreo de los otros postores si ahora el juzgado fuera indulgente con él. Porque al fin y al cabo les ha hecho perder su tiempo.

Y también es cierto que si se abriera la mano con estas cosas muchos indeseables lo utilizarían como maniobra marrullera para retrasar algunas subastas.

Y además me acojona la seguridad que tengo de que tarde o temprano me ocurrirá a mi lo mismo.

Porque a fuerza de llevar el cántaro a la fuente...  es imposible que yo no acabe sufriendo el mismo percance.

Sí, ya se que el sistema nos da la oportunidad de corregir el error preguntándonos si estamos seguros de querer ofrecer esa cifra, pero quien crea que eso es suficiente es que no ha participado en ninguna subasta y, sobre todo, que no ha participado en los últimos segundo de una subasta.

Porque en esos minutos o segundos finales... lo cierto es que la tensión no te deja ni comprobar las cifras.

Y yo mismo ya he enviado más de una sin haber comprobado la cifra que estaba ofreciendo.

Así que mucho ojito con esto.

Y la pregunta: 

¿Le van a devolver el depósito al prota de hoy?

 

89
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  1. en respuesta a Licitador
    -
    #90
    09/03/19 20:40

    Por fin encuentro respuesta a lo que iba buscando. Así que si o si hay que pedir una nota simple de la propiedad para ver si esta libre de cargas, no? En el edicto del inmueble que me interesa la deuda es de 10mil euros más 3mil de costas. Pediré una nota en el registro a ver si tiene más cargas

  2. en respuesta a clanderjander
    -
    #89
    06/03/17 17:57

    Hola Clanderjander

    Por Palma más o menos, algunos te dejan ver expediente y otros solo cargas y editco. Sobre las tasaciones, más o menos igual que por todo, las hipotecarias todavía son altas y los ETJ te llevas sorpresas para bien y para mal.

    Saludos

  3. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #88
    06/03/17 15:40

    Carlos,

    Yo he empezado a mirar ahora por Palma e Ibiza, no se si podrás contestarme a como está el tema de ver expedientes en los juzgados de Palma, si dejan, si no dejan, si solo dejan si acreditas que has hcho el deposito etc...En Ibiza no dejan ver nada, por lo menos a mi.

    Respecto a las tasaciones, si, altísimas. Acabo de ver un piso en Son Ximelis, zona bastante mala donde los gitanos y la tasacion dice 180000 cuando se están vendiendo en el mismo bloque por 60-80000. Así es imposible ir a ninguna subasta.

  4. en respuesta a Molito
    -
    #87
    14/11/16 13:02

    1º Participo
    2º a ver que pasa.
    3º me adjudico.
    4º estudio que es y que problemas tiene mi acción adjudicadora.
    5º consulto en blog Rankia Tristán y Subastanomic a ver si me interesa seguir o perder lo ofrecido.
    6º ahora me dicen que no me devuelven la retención ¿pero esto como es?, soy de Podemos y cuando entremos en el gobierno esa ley la cambiaremos y pondremos que si alguien (sobre todo si es de los nuestros) se equivoca por la razón que sea, se le devuelva el dinero, ojo pero sólo si es pobre o de los nuestros, si es un ricachon, especulador, subastero-maleante como un tal mfmelo, la retención la pierde, porque hemos de acostumbrarnos a hacer leyes que discriminen por razón de: sexo, raza, riqueza, patrimonio, afín a partido, alto o bajo, listo o tonto. Soy podemita y por eso puedo hacerlo porque el nombre de mi partido lo dice: "PODEMOS".
    Iba a decir una palabrota, pero es muy poco.
    7º Tenías que haberlo hecho todo al revés só cretino.
    Saludos.

  5. #86
    14/11/16 12:03

    En mi corta experiencia en subastas, ya me han mejorado una vez, y tengo otra subasta que me adjudique provisionalmente que estoy esperando.
    Por otro lado respecto a las quiebras de subasta, hice una reserva de postura en el mes de Julio y el que se adjudico no pago la diferencia así que me la quede y hablando con la secretaria judicial me dijo que desde que están las subastas electrónicas ya ha tenido 3 subastas quebradas y en sus 11 años anteriores ninguna............asi que da a entender la gente como esta pujando........

  6. en respuesta a mfmelo
    -
    #85
    14/11/16 11:06

    No, no, me he equivocado yo al pensar en subasta desierta, que obviamente no es el caso, disculpa.
    Saludos,

  7. en respuesta a Jotaerre
    -
    #84
    14/11/16 11:04

    Jotaerre, en las anteriores reformas si se mencionaba a la vivienda habitual, pero en esta reforma del 26/5/2015 no dice nada respecto al bien o tipo de finca, lo cual si se decía en las anteriores modificaciones de la ley, ahora hace referencia al inmueble en general ¿o estoy equivocado y mi deseo lo convierto en realidad sesgada?
    Un saludo.

  8. en respuesta a mfmelo
    -
    #83
    14/11/16 10:55

    En este caso tendrías razón, pues, siempre que sea vivienda habitual.

  9. en respuesta a Jotaerre
    -
    #82
    14/11/16 10:33

    Pues eres el jurista y letrado y no voy a ser yo quien diga lo contrario, pero acabo de hacer un escrito bastante largo y todo remitido al dichoso artículo 670.4 de mis dolores de cabeza, oponiendome a la pretensión de la parte acreedora de hacerse con un bien (ya es epidemia en los juzgados y los escritos) dando un poco más que yo.
    Me baso en la última reforma de la LECiv. texto consolidado de fecha 26 de mayo de 2.015 en la que dice el dichoso 670.4:
    " Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, podrá el ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70 por ciento del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.
    Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo previsto en el párrafo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del inmueble por el 70 % de dicho valor o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al SESENTA POR CIENTO DE SU VALOR DE TASACIÓN Y A LA MEJOR POSTURA."
    Como es comprensible, me baso en esta última reforma por dos motivos, el primero porque me es más favorable y el segundo porque es la última revisión y me imagino que la última será tenida en cuenta en lo contemplado en los textos de las anteriores y es que está última revisión en ese artículo en concreto aduce al 60% como mínimo.
    En lo referente a hacer propuesta a los deudores después o antes de la subasta, si sigue la práctica, pues habrá que ir adaptándose y hacer lo mismo, ley de vida: adaptarse o morir....
    Saludos legales.

  10. en respuesta a mfmelo
    -
    #81
    14/11/16 08:55

    Saludos mañaneros, mfmelo, pero tanto Tristán como yo (cuando me interesa, claro ;) opinamos que el espíritu del 670 es el contrario, es decir, que basta cubrir la deuda sin superar la mejor postura.
    Hay varias APs que así lo avalan, y ya conté hace poco que un Jdo. de Barcelona lo aceptó tal cual sin que nadie se opusiera.
    Lo normal es tener que llegar hasta la AP, y también conté que la gracia (o desgracia, según) es que se resuelve por Auto, con lo que no cabe recurso de casación para que el TSupremo unifique doctrina...


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