Re: Privacidad Personal
PUes yo lo que creo es que la ley Orgánica de protección de datos 15/1999, de 13 de dciembre se la pasaron por lo mas bajo. Un director de una sucursal no puede incumplir ni vulnerar el deber de guardar secreto, aparte de tratar datos de carácter personal sin mi consentimiento, mas la prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y económica a través de un extracto, pero bueno están acostumbrados a hacer cosas peores (preferentes, etc) así que esto es lo mas mínimo,pero por lo que me estoy informando es una falta grave penada con multas entre los 60mil y 300mil euros. Veremos como acaba..