Tienes que reclamarlo. Mala praxis del banco. Yo he reclamado y me lo han devuelto isofacto na mas llegar al Banco de España (www.bde.es) Primero reclama en Atencion Al cliente con dos copias, una te la tienen q sellar como entrada y fecha, lo mas seguro es q no te lo quieran hacer, pues le pides el libro de reclamaciones y le adjunta la carta, si tampoco quieren, llama a la policia Municipal.
Si a los 2 meses no tienes respuesta, o es negativa, reclamacion al Banco de España en la Oficina Virtual del Ciudadano en www.bde.es.
En poco tiempo tendrás tus 80€. La Carta sería parecida a esta:
Pepe Perez Rodriguez
C/CarlosCien 33, 41001 (SEVILLA)
Teléfono 677333444
Sr.Director Atencion Al Cliente
Calle Diagonal 23
Barcelona
Sevilla a 14 de Noviembre de 2016
Asunto: Reclamación por cargos de comisiones indebidas
Me dirijo a Vd., en relación al asunto de la presente, y después de comunicarlo verbalmente en mi sucursal, que con fecha 6/10/2016 me han cargado en mi cuenta número ES47 2100 7876 6923 0005 xxxx la cantidad de 80 euros.
Cuando pregunté el motivo de dicho cargo, de forma verbal se me indicó que corresponde a una comisión por solicitar un certificado de posiciones al fallecimiento de mi madre, Doña Pepita
Según recoge la MR2015 del Banco de España:
En cuanto a la procedencia, o no, del cobro por parte de las entidades de una comisión por la emisión de un certificado de posiciones del causante a la fecha del óbito, como se ha indicado anteriormente, el DCMR ha declarado en numerosas ocasiones que la repercusión de una comisión por dicho concepto no se ajusta a las buenas prácticas bancarias, en la medida en que este certificado es un documento que resulta necesario para el cumplimiento de una obligación legal, como es la liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones
La normativa de transparencia de operaciones y protección a la clientela reconoce expresamente el derecho del heredero a obtener información sobre las posiciones del causante a la fecha del fallecimiento y con posterioridad al óbito
Véanse el artículo 8, apartado 5, de la Orden EHA/2899/2011, que establece el deber de las entidades de crédito de facilitar información a los herederos, y la norma quinta, apartado 4, letra a), de la Circular del Banco de España 5/2012, que establece la obligación de facilitarla sin dilación injustificada.
En lo sucesivo, deben abstenerse de cargarme en mi cuenta servicios que yo no haya solicitado o comisiones indebidas como la que procede. De hacerlo, presentaré una reclamación formal a instancias superiores de esta entidad bancaria y, eventualmente, al Banco de España.
A la espera de la oportuna cancelación del asiento señalado en mi cuenta, reciba un cordial saludo.
Fdo.: Don Pepe Perez Rodriguez DNI 28123456K