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Prestamista particular, prestatario empresa
Mi duda es la siguiente:
Tengo una sociedad que ha recibido una cantidad de unos particulares y dicha operación ha quedado formalizada en documento privado como préstamo, con unos intereses establecidos y pagaderos al vencimiento, llegado el vencimiento, ante la imposibilidad ni de devolver el principal ni de pagar los intereses, se pacta con el prestamista renovar el préstamo por dos años más capitalizando los intereses, mi duda esta en si con la renovación debo de practicar retención, o esta se haría en el momento del abono de intereses.
Saludos,