Cuidadito con las reclamaciones a los bancos
De otro foro:
La última "Montorada" ya está en vigor (desde el año 2015 efectivo).
La gente no tiene ni idea de que cuando ha reclamado a los bancos por preferentes o cláusulas suelo, normalmente gana unas costas de las que no tiene constancia y que las suele cobrar directamente el abogado al banco. ¿Qué significa todo ésto?
Que todo el que gane las costas judiciales por estos 2 casos o cualquier otro, tributan en renta como ganancia patrimonial y no se puede desgravar el gasto de abogado.
Según un caso real que ya he visto, un particular reclamó la cláusula suelo y ganó. Recibió del banco unos 3000€ y ganó las costas. Aparte de tener que recalcular las desgravaciones por compra de vivienda de los años consiguientes, le han mandado una complementaria incluyendo las costas como ganancia patrimonial. ¿Y cuanto eran esas costas de las que no tenía constancia? Pues más o menos 5000 euros (incluían algún recurso puesto que los bancos se resisten). ¿Y que le ha supuesto todo ésto?
Independientemente del 15% de los intereses cobrados (más o menos 450€), le ha salido una complementaria de 1600€ (a los que le queda la sanción) y aparte el abogado le atracó y le cobró 1600€ por el proceso (cuando están cobrado unos 150€ o nada en algunos casos).
Resumiendo, al final va a palmar mucha pasta. Y esto es un caso real no inventado de hace 1 mes correspondiente a la declaración del 2015.