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Recomendación broker según perfil y diferencias Oreyitrade / Clicktrade

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Recomendación broker según perfil y diferencias Oreyitrade / Clicktrade
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Re: Recomendación broker según perfil y diferencias Oreyitrade / Clicktrade

Buenos días a todos!

¿Eso de la Garantía de Depósitos no es (o debería ser) algo comunitario e igual para los 27 de la UE?

He leído en muchísimos foros que la garantía en España es de 100 k€ y en otros países menos, pero ¿realmente es así? Me parece un tema importante de aclarar y tengo ciertas dudas en base a la siguiente información que he encontrado (disculpad la extensión):

http://www.fgd.es/files/pdf/RD16.pdf
El Real Decreto-ley 12/1995 y sus normas de desarrollo incorporaron al ordenamiento jurídico español la Directiva comunitaria 94/19/CE sobre sistemas de garantía de depósitos, cuyo principal hito fue la armonización de un nivel mínimo de cobertura de los depósitos –20.000 euros– en el conjunto de la Unión Europea. Mucho después, en 2009, ese nivel alcanzará la cifra actual de 100.000 euros como cobertura de depósitos mínima y máxima para los 27 Estados miembros de la Unión Europea.

http://www.ocu.org/dinero/invertir-sin-riesgo/informe/fondos-de-garantia-estan-seguros-nuestros-ahorros-403194
1. Quiebra el banco donde tengo mis cuentas y mis ahorros. ¿Qué pasa con mi dinero?
El Fondo de Garantía de Depósitos garantiza la recuperación de depósitos (cuentas, depósitos a plazo…) hasta un máximo de 100.000 euros por titular. Esta garantía es para entidades españolas. Las entidades europeas con sucursal en España están acogidas a la garantía en su país de origen, que no será inferior a 100.000 euros.

http://www.abc.es/economia/20150918/abci-bancos-extranjeros-201509171159.html
En el punto: 2) Que se trate de sucursales de bancos de países de la Unión Europea
Cualquier banco de la Unión Europea cuenta con el mismo respaldo que las entidades españolas: es decir, los fondos de garantía de los países comunitarios también cubren 100.000 euros por entidad y titular. Por este motivo, la ley deja libertad para que sus sucursales en España se adhieran al Fondo de Garantía de Depósitos o para que permanezcan en los de sus estados de origen, algo que sucede en la mayoría de los casos.

¿Alguien podría confirmar esto?

Muchas gracias y un fuerte abrazo!

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