Acceder

Las acciones "no serán" nuestras, pero pagaremos la custodia ¿Qué brokers han hecho cambios?

24 respuestas
Las acciones "no serán" nuestras, pero pagaremos la custodia ¿Qué brokers han hecho cambios?
2 suscriptores
Las acciones "no serán" nuestras, pero pagaremos la custodia ¿Qué brokers han hecho cambios?
Página
2 / 2
#16

Re: Las acciones "no serán" nuestras, pero pagaremos la custodia ¿Qué brokers han hecho cambios?

Es sobre el saldo de la cuenta asociada a la cuenta de valores. 

Como bien dices las acciones no quebrarían, entonces pueden pasar dos cosas: 

1- El banco te cierre todas las posiciones de forma forzosa, y sobre el saldo resultante (en euros) te devolverían hasta 100.000€

2. Otra opción es que el broker le traspase los valores a otro broker y a partir de ahí tu ya puedas vender y recuperar el dinero de forma normal. 

Pero como bien dices es sobre saldos, no sobre acciones. Las acciones no se verán afectadas por la quiebra del broker. 

Lo que pasa que los saldos se quedan retenidos (el dinero en efectivo) y en ese caso ya es cuando entraría el FOGAIN. 

#17

Re: Las acciones "no serán" nuestras, pero pagaremos la custodia ¿Qué brokers han hecho cambios?

En eso estoy de acuerdo, es evidente que la comisión de custodia deja de tener sentido alguno, deberá desaparecer

Pero por la seguridad estamos igual que el resto de países

#18

Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

Como bien sabreis, los nuevos cambios en el sistema de liquidación y compensación de valores, le han servido a varios bancos como excusa para convertir sus brókers de cuentas individualizadas a cuentas omnibus, o como las llaman ahora "cuentas de segregación colectiva". Entre ellos, ING, una de las entidades con las que operaba que ya han enviado un bonito e-mail donde lo exponen.

Todos sabemos los problemas que conllevan esta seria de cuentas de cara a operaciones tipo: OPA´s parciales y demás situaciones, no comunes pero que de vez en cuando asoman la patita por debajo de la puerta. Sin contar, de que en caso de quiebra del banco, habría que empezar a echar cuentas y puede que las manos a la cabeza para recuperar NUESTRO patrimonio, el cual dejará de estar a nuestro nombre.

Pues bien, cuando pensaba que estaba todo perdido, con el tema de la declaración de la renta, he abierto la página de selfbank (otra entidad con la que funciono) para descargarme los datos fiscales del pasado año y he abierto un correo donde ponen las reforman que se producirán, pero aclaran en su puto 5 una cosa importante y lo pongo textualmente:

"5. ¿Dejarán de estar a mi nombre las acciones del mercado nacional?
Self Bank continuará como hasta ahora, depositando los valores del mercado español en cuentas individualizadas
a nombre de cada cliente, por lo que las acciones seguirán estando a tu nombre en nuestra entidad
depositaria (RBC Investor Services España), tal y como se indica en nuestra política de salvaguarda de instrumentos
financieros que puedes encontrar en nuestra web"

Luego, entiendo que selfbank ha dicho no al cambio que de manera generalizada nos quieren meter a la fuerza. Me parece interesante y qureía comentarlo, y preguntaros si sabeis de algun broker mas que haya dicho no a este despropósito. La verdad es que esto seguramente haga que traspase toda mi cartera de valores a selfbank. Donde, al menos, puedo decir que figuro como el titular de las acciones que son mias.

Saludos a todos.

#19

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

#20

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

Pues si lo va hacer los de self y es seguro , hay mandare mi cartera , tengo que mirar las comisiones por custodias y dividendos ya que operó poco

#21

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

Ya veo, mil disculpas y puedes borrar este hilo por tratar un tema repetido. Además siento decir que SELFBANK tambien tiene cuenta de segregación general, dado que buceando un poco lo pone:

La operativa continuará exactamente igual para nuestros clientes. La
compensación, liquidación y registro de los valores del mercado nacional se
realizará a través de una cuenta de segregación general, a nombre de Self
Bank. El depósito de los valores de mercado nacional continuará
como hasta ahora, en cuentas individualizadas a nombre de cada
cliente, tal y como se indica en nuestra política de salvaguarda de
instrumentos financieros que puedes encontrar disponible en nuestra web.

#22

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

No lo borro, pero si te parece bien, lo muevo a otro hilo, ¿vale?

#23

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

Es que me parece que hay un poco de confusión. Una cosa es la cuenta de segregación general, que es una cuenta contable de sumas y saldos en la entidad de contrapartida a nombre del broker y otra es la cuenta de valores, donde se depositan las acciones.

En la legislación anterior SOLO existían cuentas de segregación general en iberclear, por reglamento y legislación. Ahora también se permiten otras, entre ellas las cuentas de segregacion individualizada que estarían a nuestro nombre. Pero ahí solo figuran saldos de compras y ventas y no dan titularidad alguna sobre las acciones. La titularidad de las acciones en España la daban antes y la dan ahora la titularidad de la cuenta de valores. Solo hay que leerse la Ley del Mercado de Valores antes y despues de la reforma y el reglamento de Iberclear antes y despues de la reforma.

La cuenta omnibus es una cuenta de valores global, es otra cosa. Ahí están depositadas acciones tuyas y de miles mas a nombre del broker, por lo que éste es el titular. Es una cuenta de valores. Y el derecho que tienes tu es de crédito no de titularidad. Otra cosa es que por contrato te de dividendos,etc.

Es como el alquiler de acciones, la gente no sabe que tiene riesgo, cuando prestas acciones (selfbank, degiro) PIERDES su titularidad..no son tuyas y no tienes ningún derecho. El único derecho que tienes es el que te da el contrato que el broker firma en tu nombre con el prestatario, en ese contrato seguramente se compromete a pagarte los dividendos, a pagarte un cierto interés, etc, y al final del plazo a devolverte las acciones, pero podría firmarse el contrato de otra manera. Por ej. que si no tiene tus acciones te devuelva otras de precio total similar, o que te de dinero equivalente o lo que sea. Y si lo incumple tendrás que denunciar el contrato...pero las acciones no las tienes..eso 100%.

Volviendo a lo de antes, como las cuentas eran de segregación general (como ahora) los broker llevaban registros internos para diferenciar operaciones de clientes (como ahora). De hecho tras la reforma los registros internos de los brokers se consideran oficiales y seguramente mas pronto que tarde se estandarizaran y serán iguales para todos.

Un saludo

#24

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

Yo es algo que todavía no tengo claro. Exactamente qué ha cambiado? Yo entendía que ahora los broekrs que antes tenían cuentas de valores individualizadas, habían pasado a cuentas de valores de segregación general, pero por lo que dices, debo estar mezclando conceptos.

Gracias por tu explicación. 

#25

Re: Cambios legislativos y de condiciones en brokers.

Entonces actualmente que brokers trabajan con omnibus? que es lo que según entiendo puede afectar bastante al inversor de largo plazo. Porque el tema que sea cuentas por segregacion individualizada o general solo interviene a efectos contables.