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¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?

3 respuestas
¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?
¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?
#1

¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?

Hola, acudo a la sabiduría de Rankia, a ver si alguien me puede ayudar. En 2012 compre unos Bitcoins en el actualmente quebrado Exchange MTGox, como ya sabreis en 2014 entró en concurso de acreedores por el robo que sufrió de más de 800.000 Bitcoins. Así que comenzó el concurso que ahún a dia de hoy esta vigente. En 2021 vendí mis derechos de acreedor a un fondo de inversión privado, los vendí por el 10 % de la cantidad de Bitcoins que el Exchange me adeudaba a fecha de la quiebra. El caso es que creo que esta venta se podría considerar una perdida patrimonial ya que perdí el 90% de Bitcoins. ¿Veis viable computar la quita en la venta de la deuda como perdida patrimonial?

Gracias, un saludo.
#2

Re: ¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?

Si tienes documentación que lo respalde, lo podrias hacer, pero de precio  de adquisición debes tomar  el importe de la compra de los bitcoin, no el valor que tuvieran cuando los robaron.
Saludos
#3

Re: ¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?

Gracias por la respuesta.

Sí tengo toda la documentación, el contrato de venta de los derechos, toda la documentación en del concurso de acreedores, etc.. aunque está en inglés y japonés :P

De todas maneras creo que en alguna consulta vinculante, aunque no es el mismo caso, dice que en caso de robo el precio de la perdida patrimonial es el de mercado,  minorado por el desgaste, aunque en caso de Bitcoin el paso del tiempo ha sido positivo.

 "Por tanto, la pérdida patrimonial vendrá determinada por la diferencia entre el valor de adquisición —minorado en el importe correspondiente a la depreciación que pudiera haber experimentado las joyas y relojes como consecuencia de su uso, pues como ya se ha señalado anteriormente no son computables las pérdidas debidas al consumo— y la indemnización percibida de la compañía aseguradora. "

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v2849-19-15-10-2019-1526182

Y para el caso de Bitcoins, hay otra resolución vinculante pero no queda claro nada:
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v1979-15-25-06-2015-1422531


#4

Re: ¿Como declarar en la renta la venta de los derechos de acreedor sobre un deuda en Bitcoins?

El principal problema que tiene usted ahora mismo, es encontrar a alguien en Hacienda que entienda de qué le está hablando.
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