Acceder

Regla de los 2 meses

44 respuestas
Regla de los 2 meses
1 suscriptores
Regla de los 2 meses
Página
3 / 3
#31

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenos días. 

Yo seguiría la regla FIFO, es decir las primeras que se venden son las más antiguas. 

Sobre la declaración el precio que te quedaría pendiente sería el de las últimas compradas en octubre: 

1500 en octubre a 0,3€ 

Aquí suerte para que vuelvan a cotizar. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#32

Re: Regla de los 2 meses

Las últimas compradas en octubre a 0,3€ están sin vender en ningún caso se pueden declarar pérdidas, lo que quiero decir es que al haber hecho una última compra de 1500 antes de la venta de 7000/8500, de esas 7000 que me puedo compensar. a) las 7000 - b) 5500 - c) ninguna.
Y en el caso de ser en este ejercicio 5500, las compras que computan a esas 5500 vendidas son las primeras 5500 , las de enmedio, las finales.... la verdad es un lío que no llego a entender. Mira si tu lo sabes bien o como hacer. gracias nuevamente.
#33

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas noches. 

Las anteriores operaciones de compra se declararán normalmente. 

"3000 en mayo a 0,4€" 

Si quieres ser estricto al declarar deberías dividir esta operación en dos partes: 

Sería 1.500 a 0.40€ por un lado, con su correspondiente prorrateo de la venta a 0.02€. 

Por otro los 1.500 títulos restantes señalando la casilla de pendiente de compensación y tendrás 4 años para hacerlo. 

En 2024 compro: 

1500 en octubre a 0,3€ 

Por tanto quedarían 1.500 títulos con una minusvalía aproximada de 0.38 x acción. 

Más los 1.500 títulos no vendidos. 

Conclusión: si quieres ser estricto si deberías señalar la casilla de pendiente de aplicar para los últimos 1.500 títulos vendidos. 

Un saludo!          

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#34

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas noches. 

La pérdida que señalaste como pendiente de compensar se podrá compensar cuando vendas los títulos que te quedan y que te hicieron incumplir la regla de los dos meses. 

El problema es que esos títulos ya no cotizan y en ese caso todo es complicado salvo que volviesen a cotizar y tienes 4 años adicionales para poder vender los títulos y compensar esa minusvalía. 

Vender esas acciones ante notario no compensa el coste de hacerlo, intentaría llamar a la entidad para ver si alguien las quiere comprar aunque sea a coste 0€ para declarar esa minusvalía. 

Otro tema sería la custodia que también te generaría gastos mientras las tengas en tu poder. 
Quedaría así:

Denominación de los valores trasmitidos: XXXXX

Primera operación:

Importe global de los valores trasmitidos: 110€

Importe de adquisición: 3.600€.

Segunda operación con el mismo nombre de entidad.

Importe global de los valores trasmitidos: 30€

Importe de adquisición: 600€.

Señalo la casilla para esta segunda operación la de incumplimiento de la regla de los dos meses.

Minusvalía : -3490€ que se puede compensar con otras plusvalías.

Pendientes de compensar: 570€
P.D: es una aproximación a la declaración y podrían existir errores ya que faltarían gastos y cualquier dato que haya sido incluido que pudiese ser equivocado.
Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#35

Re: Regla de los 2 meses

en definitiva si he entendido bien:
1000 x 0,98 =  980€ de pérdida compensable en 2024
1000 x 0,78 =  780€ de pérdida compensable en 2024
2000 x 0,58 = 1160€ de pérdida compensable en 2024
De los 3000: 1500 x 0,38 = 570€ de pérdida compensable en 2024  
                        1500 x 0,38 = 570€ de pérdida retenida hasta la venta de las últimas 1500
Mantengo 1500 acciones que ya se verá si generan pérdida o beneficio en el momento de su venta futura.
Es decir tengo 3.490€ a compensar en 2024 y 570€ a compensar si vendo en 4 años esas 1500 que me quedan.... Si así se aplica la regla FIFO y los 2 meses pues ya me va bien... Gracias Carlos ;-)
#36

Re: Regla de los 2 meses

Buenos días.

Perdona porque ayer tuve un error al incorporar los datos.

Intentaré explicarme.

Según la regla FIFO.

Se declara la trasmisión primero la más antigua 

"1000 en enero a 1€"

Se vende a 0.02€, incumpliendo por tanto la regla de los dos meses.

Coste de trasmisión: 20€

Coste de adquisición: 1.000€

Verificar la casilla de regla de los dos meses 

Pendientes de compesar:980€ cuando se vendan los títulos que motivaron el incumplimiento de la regla.

Segunda operación:

"500 en marzo a 0.80€"

Se incumple la regla de los dos meses:

Coste de trasmisión: 10€

Coste de adquisición: 400€

Verificar la casilla de regla de los dos meses 

Pendientes de compesar:390€ cuando se vendan los títulos que motivaron el incumplimiento de la regla.

Después todas son compensables en este ejercicio y quedaría:

500 a 0.80€+ 2000 a 0.60€+ 3000 a 0.40€.

Coste de trasmisión: 110€

Coste de adquisición: 2800€

Total pérdidas: 2690€.

Pendientes de compensar por la regla de los dos meses: 1.370€.

P.D: añadir los gastos en cada operación y proceder al prorrateo de los mismos si fuera necesario:

Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#37

Re: Regla de los 2 meses

Hola.

A ver si alguien me puede ayudar. En el 2021 vendí unas acciones del Santander con pérdidas, las cuales no compensé y sé que tengo hasta el 2025 para compensarlas. A día de hoy tengo acciones de IAG con plusvalía suficiente para compensar la pérdida del 2021, pero me gustaría seguir con las acciones de IAG, si vendo las acciones de IAG con plusvalía para compensar las pérdidas, puedo volver a comprar estas acciones el mismo día y poder compensar en la declaración o estoy incumpliendo la regla de los 2 meses
#38

Re: Regla de los 2 meses

Esa plusvalía en IAG la compensas con las pérdidas pendientes del 2021.

Si vuelves a comprar IAG antes de dos meses:
-Si vuelves a plusvalía cuando vendas,  no hay problema.
-Si vendes IAG  con pérdida no podrás compensar la minusvalía, por la regla del dos meses. A no ser que te deshagas del 100% de las acciones y dejes pasar dos meses antes de volver a entrar.
#39

Re: Regla de los 2 meses

Creo que la regla de los 2 meses no sería aplicable a este caso, ya que sólo está para evitar dar pérdidas patrimoniales antes de fin de año (para compensarlas con ganancias, por ejemplo, que es lo contrario del caso expuesto). Y él tiene IAG con plusvalías, no con pérdidas...
#40

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenos días. 

Puedes vender sin ningún problema esas acciones ya que te han generado plusvalías y volverlas a comprar si lo consideras oportuno. 

Por otro lado puedes también ajustar las plusvalías necesarias con la minusvalía pendiente de compensar. 

El cálculo sería sencillo. 

Tienes que tener a mano tu declaración del año 2.023 y buscar la casilla 1260 y siguientes. 

En ese anexo se puede encontrar el importe pendiente de compensar de años anteriores. 

El volcado de datos sobre compensaciones pendientes es automático por lo que deberías estar seguro que no se hayan aplicado las compensaciones correspondientes con anterioridad. 

Feliz Navidad! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#41

Re: Regla de los 2 meses

Yo tengo dudas con este tema pero al reves, como le pasa a tiano85.

Tengo unas perdidas patrimoniales de 2020 (acciones USA) que van a prescribir y antes de que acabe 2024 vendo con ganancia unas acciones de USA para poder aplicar las compensaciones. En Enero 2025 vuelvo a comprar esas acciones para restituir esa cartera.

¿Tambien tengo que cumplir la regla de los 2 meses? Algunos estais diciendo que las de fuera de la UE son 12 meses pero las de USA de mercados principales son 2 meses. Lo que no me queda claro es si es solamente con venta a perdidas o tambien a ganancias…
#42

Re: Regla de los 2 meses



Aprovechando el hilo voy a plantear una duda.
Supongamos que adquiero unas acciones o fondos de inversión.
Los mantengo en mi cartera menos de 2 meses y los vendo con pérdidas.

¿Puedo compensar esas pérdidas con otras ganancias?

La duda viene de que no he llegado a tener en la cartera los activos durante 2 meses.

Gracias.



#43

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

La regla de los dos meses solo se aplica a las minusvalías. 

En tu caso al ser plusvalías no hay problema en que las vuelvas a comprar. 

El 2.024 sería el último ejercicio para compensar las minusvalías pendientes de 2.020. 

Echa cuentas si no quedarían compensados con ejercicios anteriores o con los de este año. 

También hasta el 25% con los rendimientos de capital (intereses, bonos, cupones, dividendos, etc.) 

La duda que me surge en caso de que no hayas ejecutado esa venta de acciones es la fecha operación ya que podría ser que no se aplicase la del día de ejecución y que se aplicase la de liquidación de la operación, en España es D+2, en este sentido en los datos fiscales si se encuentra la fecha de liquidación igualada a la de operación para el mercado continuo y tienes que declarar las operaciones en bolsa española realizadas incluso el 31 de diciembre del año que se vende. 

Desconozco la regla para los últimas sesiones del año y que fecha valor tiene la venta de valores internacionales. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#44

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas noches. 

El plazo para tener unas acciones o FI no afecta si vendes la totalidad de los títulos que generan minusvalías y no los vuelves a comprar en el plazo de dos meses. 

Es decir declararías la minusvalía tal y como se produce. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#45

Re: Regla de los 2 meses


Otra duda.
En principio la regla parece simple, pero no es así.
Supongamos que desde un FI (A) con minusvalías se realiza un traspaso a otro FI (B).
En 30 días B permanece estable y lo vendemos declarando las minusvalías de A.

¿Hasta dentro de 2 meses no se podría volver a comprar A?

¿En el caso de que se encadenasen varios traspasos cómo habría de valorarse?