Hola :
Copio un mensaje mío del pasado 22/01 por si responde al menos en parte a algunas dudas, si no preguntar de nuevo.
“Tienen derecho al Bono Social Térmico todos aquellos usuarios que son beneficiarios (son perceptores) del Bono Social Eléctrico.
El BS Eléctrico se ha de solicitar, y será aprobado en caso de cumplir todos los requisitos.Sin embargo el BS Térmico no requiere de ninguna solicitud por parte del ciudadano.De manera automática todo aquel que a fecha 31/12/XXXX esté disfrutando del eléctrico, debe recibir el ingreso en metálico en la misma C.Bancaria en la que se le cobra la luz cuando se abone esa anualidad de BS Térmico.
Por ejemplo, en la mayoría de las Comunidades Autónomas el pasado 2024 (entre marzo y diciembre), se abonó el Bono Social Térmico (oficialmente denominado) BST 2023.Este abono se les hizo a todos aquellos a los que por derecho les correspondía por tener activo el Bono Social Eléctrico a fecha 31/12/2022.
Los pagos del BST en prácticamente todas las CCAA van con al menos 1 año de retraso.En estos primeros meses del presente 2025 se deberían recibir los abonos del BST 2025 por parte de los que han sido beneficiarios del BSE a 31/12/2024, sin embargo lo que se recibirá ( aún pendiente) será el del 2024.Un año de retraso sino más, en varias CCAA”.
Un Saludo.