Si tenemos una entidad mas de 100000 euros en un deposito. Que puede hacer que no nos abonen los intereses del mi
Me explico, todo el mundo no recomienda pasarse de los 100000 euros por titular porque es lo que cubre el FGD. Ahora bien, si nos pasamos por lo que sea no estaria garantizado por el FGD pero aun asi , si la empresa fuera a la quiebra seria muy dificil no cobrar porque antes tendrian que valor 0 las acciones y toda la deuda emitida anteriormente no? Estoy en lo cierto o el banco por x circunstancias podria no abonar el interes? En definitiva aparte de quiebra absoluta (hay que tener en cuenta todas emsisiones de deuda que tienen los bancos) que puede hacer que no cobramos (o perdamos) ese capital si nos pasamos de 100000 euros?