No entiendo el párrafo de la cancelación anticipada. ¿ me lo puede explicar alguien,por favor?
Os escribo literal el párrafo referente a la cancelación anticipada:
" Si el depósito se cancelara anticipadamente durante el periodo inicial de vigencia se procederá a liquidar los intereses devengados al 1'25% nominal anual sobre el importe cancelado, desde la constitución del depósito hasta la fecha de cancelación anticipada, independientemente de si ha existido o no vinculación.
Si con anterioridad a la fecha de cancelación anticipada hubiera habido alguna liquidación de intereses, el tipo de interés nominal anual anteriormente indicado se aplicará desde la última fecha de liquidación de intereses hasta la fecha de cancelación anticipada.
Si la cancelación anticipada se produce en los periodos de renovación del contrato, la penalización por cancelación anticipada será del 4% sobre el importe cancelado y por los días que medien entre la fecha de cancelación y el vencimiento, con elmáximo de los intereses devengados".
MI DUDA ES LA SIGUIENTE: ¿ Qué significa el término "periodo de renovación"? pues a mi se me ha aplicado este 4%, y cuando lo cancelé habían transcurrido 6 meses desde el contrato que era para un año. ¿ Me han penalizado correctamente?
Gracias anticipadas por vuestra ayuda